Resolución número 143/2021
Pérdida sobrevenida del objeto por declararse desierto el contrato a falta de licitadores.
Pérdida sobrevenida del objeto por declararse desierto el contrato a falta de licitadores.
Feria taurina. Impugnación de la tipología contractual, afirmando que se trata de una concesión de servicios frente a la calificación como administrativo especial del Pliego. Es contrato privado. Impugnación presupuesto. Impugnación de la obligatoriedad del compromiso de toreros y rejoneadores. Anulación cláusula que faculta para retener el precio para hacer frente a salarios y cotizaciones sociales debidos.
Desestimación del recurso. El recurrente manifiesta su disconformidad con los costes de personal sin fundamento técnico.
Estimación recurso especial. Los pliegos contienen exigencias técnicas contrarias a disposiciones legales aplicables. Aceptación por parte del órgano de contratación del error.
Inadmisión de recurso contra pliegos de un contrato de servicios reservado a CEE por haber presentado la oferta antes del REMC.
Recurso de una asociación profesional contra los pliegos de condiciones para un servicio centralizado de administración y gestión de los edificios residenciales gestionados por la Agencia de Vivienda Social. Se pretende la división por lotes según los servicios a prestar. Consta en el expediente justificación suficiente sobre la no división en lotes del contrato. Se desestima el recurso.
Estimación parcial de recurso contra los pliegos. Anulación de cláusula que faculta al órgano de contratación a efectuar retenciones en el precio para garantizar pagos de salarios y cuotas sociales. Anulación de cláusula que exige fianza complementaria por riesgo de ejecución de contrato. Incumplimiento del artículo 107 de LCSP, falta de resolución motivada.
Desestimación recurso especial contra la adscripción de medios materiales previstos en pliegos. Son conformes a derecho la adscripción de tres vehículos eco. Son proporcionados, no discriminatorios y vinculados con el objeto del contrato. La exigencia de certificados para la acreditación del cumplimiento de las prescripciones técnicas no es arbitrario ni limitativo de la competencia. Posibilidad de acreditación por medios alternativos.
Estimación parcial de recurso referente a feria taurina. Naturaleza privada del contrato frente a la calificación de administrativo especial del pliego y calificación de concesión de servicio por parte del recurrente. Inclusión en el presupuesto de los ingresos de explotación. Legalidad compromiso de trabajadores taurinos. Anulación de cláusula que faculta para retener el precio con la finalidad de hacer efectivos salarios y cotizaciones sociales.
Desestimación de reclamación en contrato de servicios. La solvencia técnica y económica requerida en el PCAP está vinculada al objeto y guarda proporción con el contrato a ejecutar. La solvencia técnica no vulnera los arts. 48 RDLCSE y 93 LCSP, aceptando certificados equivalentes y acreditaciones de organismos españoles e internacionales. La solvencia económica mediante volumen anual de negocios no alcanza el valor medio anual de un lote, lejos del valor máximo exigible en el art. 87.1.a) LCSP, junto a la posibilidad de acreditación con medios de otras entidades, arts.