Resolución número 314/2024
Desistimiento y renuncia. Desistimiento del órgano de contratación.
Desistimiento y renuncia. Desistimiento del órgano de contratación.
Presupuesto base de licitación. Contrato de mano de obra masiva. El PBL está calculado conforme a un convenio colectivo que esta derogado. El órgano de contratación se allana a las pretensiones y anuncia un desistimiento.
Pliegos de condiciones. Recurso contra pliegos de contrato de servicio de transporte en taxi de un hospital. Estimación. No se justifica en el expediente la limitación de la concurrencia al quedar limitado a los autotaxis, quedando fuera los VTC. Tampoco se justifica la obligación de poner a disposición 1.000 vehículos.
Pliegos de condiciones. Recurso contra pliegos por falta de identificación del convenio colectivo aplicable. Desistimiento del órgano de contratación. Declaración de concluso el procedimiento.
Legitimación. Inadmisión de recurso contra pliegos por falta de legitimación del recurrente. Se impugna la no división en lotes del contrato, admitiendo la recurrente, que no ha presentado oferta, que podría licitar sin la división que pretende, no habiendo demostrado un perjuicio que ampare su legitimación.
Inadmisión por cuantía.
Presupuesto Base de Licitación. Recurso contra pliegos por insuficiencia financiera para cubrir los costes de prestación del servicio. Desestimación. Justificación de los costes por el órgano de contratación. No se acredita incumplimiento de convenio o norma laboral.
Pliegos de prescripciones técnicas. El contrato basado de un acuerdo marco permite establecer prescripciones técnicas mas amplias que las recogidas en el propio sistema de contratación. De este modo los pliegos de condiciones establecen una peculiares prescripciones que no son limitativas de la competencia y que obedecen al objeto de modernización de la financiación del contrato a través de fondos Next Generation.
Criterios de adjudicación. Mejoras. Recurso contra pliegos por no introducir la mejora valorable límites para la oferta. Estimación. Vulneración del artículo 145.7 de la LCSP.
Valor estimado. Inadmisión al no alcanzar el valor estimado del contrato el umbral establecido en el art. 44.1 de la LCSP