Resolución número 461/2024
Asociación para la innovación. El procedimiento de licitación se ha desarrollado omitiendo trámites de este tipo de procedimientos como es la negociación.
Asociación para la innovación. El procedimiento de licitación se ha desarrollado omitiendo trámites de este tipo de procedimientos como es la negociación.
Ofertas anormales. El informe elaborado por los técnicos del o.c. sobre la justificación de la viabilidad es claro, preciso y sujeto a la discrecionalidad técnica, considerando que la viabilidad de la oferta no se ha alcanzado.
Valoración de criterios sujetos a valoración mediante fórmulas o porcentajes. Discrecionalidad técnica. Recurso contra adjudicación de contrato por incorrecta valoración de criterios sujetos a fórmulas o porcentajes. Desestimación. Aplicación de la doctrina de la discrecionalidad técnica y presunción de acierto de los órganos de contratación.
Prescripciones técnicas. Determinación de prescripciones técnicas y su cumplimiento. Discrecionalidad técnica. Presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos. El producto ofertado por el adjudicatario cumple con los requisitos exigidos en los pliegos de condiciones. El servicio técnico adscrito a la ejecución del contrato esta perfectamente portado en la propuesta. Multa.
Solvencia. Acreditaciónde la Solvencia. Solvencia alternativa a la clasificación. Plan Igualdad. Selfcleaning. Estimación de recurso interpuesto contra adjudicación, por no reunir la adjudicataria la solvencia alternativa a la clasificación.
Valoración de las ofertas.Criterios sujetos a juicio de valor.. Estimación de recurso contra adjudicación por constatarse errores en el informe técnico de criterios de juicio de valor, al no haberse utilizado los criterios establecidos en los pliegos, con allanamiento del órgano de contratación. Procede la anulación de todo el procedimiento, al ser imposible una nueva valoración, dado que se han abierto ofertas económicas.
Legitimación. Recurso contra adjudicación de contrato basado de acuerdo marco. Inadmisión. Falta de legitimación de la recurrente, que aun estimando sus oretensiones no alcanzaría la posición de adjudicatario.
Solvencias. Acreditación de la solvencia conforme al pliego como lex contractus. Allanamiento. Estimación de recurso contra adjudicación, pues la adjudicataria no cumple la solvencia técnica exigida en pliego. Allanamiento del órgano de contratación.
Cumplimiento de requisitos técnicos y su determinación. Allanamiento. Estimación de recurso contra adjudicación pues se da en la oferta del adjudicatario un incumplimiento claro y expreso de prescripciones técnicas, con allanamiento de órgano de contratación.
Varios. Ofertas integradoras. Recurso contra adjudicación de oferta integradora por considerar que la valoración de la misma no ha sido conforme a los pliegos. Desestimación. De acuerdo con los pliegos el concepto "mejor oferta" se determina solamente con las ofertas económicas, sin considerar el resto de criterios de adjudicación. No hubo impugnación de pliegos. Doctrina pliegos lex contractus.