Resolución número 381/2024
Legitimación. Recurso contra adjudicación de contrato por una asociación empresarial. Inadmisión. Carece de legitimación para recurrir. Doctrina sobre legitimación.
Legitimación. Recurso contra adjudicación de contrato por una asociación empresarial. Inadmisión. Carece de legitimación para recurrir. Doctrina sobre legitimación.
Procedimiento negociado. D) Estimación de recurso contra adjudicación de procedimiento negociado sin publicidad de servicios jurídicos. Los servicios jurídicos no están excluidos del ámbito de aplicación de la LCSP. No se cumplen los requisitos para la utilización del procedimiento negociado sin publicidad del artículo 168.a.2º, pues no se ha motivado que no haya alternativa en el mercado. La exclusividad no puede basarse en este caso en la relación intuitu personae entre abogado y cliente.
Planes de Igualdad. Estimación de recurso contra adjudicación, pues el adjudicatario estaba incurso en la prohibición de contratar del artículo 71.1.d) LCSP al no contar con Plan de Igualdad inscrito en el REGCON. Pese a haber solicitado su inscripción con anterioridad al plazo de presentación de ofertas, no opera el silencio positivo, pues se le efectuaron comunicaciones de subsanación por la autoridad laboral que suspendieron el plazo para resolver.
Criterios de adjudicación. Valoración de las ofertas. Recurso contra adjudicación por la valoración indebida de los criterios sujetos a juicio de valor de la recurrente. Desestimación. Doctrina de la dicrecionaliudad técnica..
Vinculación de los pliegos de condiciones. El contrato está dividido en dos lotes y se establece la limitación que en el caso de que un licitador participe a ambos lotes, solo puede ser adjudicatario uno, excepto que solo haya una única oferta admitida. En el presente procedimiento se presenta a los dos lotes, dos empresas que son las mismas , siendo excluida una de ellas para ambos lotes, en el desarrollo del procedimiento. En este supuesto opera la excepción establecido en el PCAP.
Valoración de las ofertas. Desestimación de recurso contra adjudicación que impugna puntuación otorgada en criterio evaluación automática. Valoración de criterio conforme a lo establecido en pliegos, no existe oscuridad ni ambigüedad de cláusulas, que eran claras con la exigencia de documentación que la recurrente no ha aportado. No cabe subsanación pues supondría modificación de la oferta.
Proposiciones técnicas - Incumplimiento. Desestimación de recurso contra adjudicación por incumplimiento requisitos técnicos en presentación planos documentación técnica y motivación insuficiente admisión justificación baja temeraria. Aplicación doctrina actos propios, pues la recurrente incumple la misma prescripción al presentar su oferta. Motivación suficiente que no debe ser exhaustiva en caso de admisión de justificación de oferta.
Ofertas temerarias. El informe de justificación de viabilidad elaborado por la recurrente no despeja las dudas de la ejecución correcta del contrato con el precio propuesto.
Cumplimiento de requisitos técnicos y su determinación. Proposiciones técnicas - Incumplimiento. Recurso contra adjudicación de contrato por incumplimiento de prescripciones técnicas. Estimación. El marcado CE exigido está caducado a la fecha de finalización del plazo de presentación de las ofertas. Doctrina pliegos ley del contrato. Artículo 139.1 LCSP.
Proposiciones de los interesados. Modificación VS aclaración. Subsanación y aclaración. El recurrente no ha procedido a firmar digitalmente todos los documentos que componente la oferta. El o.c. permite la subsanación de los que se consideran requisitos previos, pero no de la oferta, por lo que la valora con cero puntos. En base a los principios antiformalista se estima el recurso, siendo pertinente la subsanación mediante firma de la oferta, siempre que no se modifique