Permisos y autorizaciones de pesca
Consulta cómo se realiza la solicitud y distribución de los permisos de pesca, los eventos de pesca que requieren autorización previa y accede a los trámites correspondientes.
La Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid es el órgano administrativo competente en materia de caza, pesca y conservación de la naturaleza en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Junto a la inestimable colaboración de las entidades relacionadas con el mundo piscícola, una de las tareas fundamentales de esta Dirección General es la de llevar a cabo el control, mantenimiento de los hábitats y el ordenado aprovechamiento de las especies de nuestra fauna piscícola.
Por otra parte, la pesca deportiva en los ríos y cotos madrileños es uno de los aprovechamientos más demandados por la ciudadanía, anualmente cuentan con licencia de pesca en vigor en la región en torno más de 40.000 pescadores.
Por ello es imprescindible que los pescadores cuenten con una apropiada información, formación y sensibilización para la mejor práctica de una pesca responsable, información que en algunos casos resulta difícil acceder a ella. Y sobre todo, debido a la mayor afluencia en los últimos tiempos de los pescadores que acuden a nuestros ríos buscando esparcimiento con motivo de la situación creada por el confinamiento y reducción de movilidad.
Permisos para cotos de pesca
El permiso de pesca es la autorización administrativa que acredita el derecho a ejercitar la pesca en los cotos a cargo de la Administración o en los cotos cogestionados en Consorcio con sociedades de pescadores locales, en una fecha determinada. Los permisos de pesca son personales e intransferibles y su expedición es firme, sin que el interesado pueda cederlos, anularlos o reclamar la devolución de su importe. Durante la pesca se debe estar en posesión del permiso junto con el resto de documentación necesaria, que deberá ser mostrada a los agentes de la autoridad que la soliciten.
Distribución de permisos de pesca
La adjudicación de los permisos para pescar en los cotos I (Angostura), II (Rascafría) y III (Alameda), todos ellos en el río Lozoya, se efectúa previa solicitud por parte de los pescadores interesados. Para más información de estos cotos, consulte el anexo II de la vigente Orden de vedas.
Mediante este procedimiento se garantiza el acceso general de los pescadores madrileños y de otras comunidades a los permisos de pesca para la temporada 2025 para los cotos de pesca «I Angostura», «II Rascafría» y «III Alameda», escenarios trucheros de enorme belleza y riqueza piscícola gestionados por la Comunidad de Madrid.
Los pescadores participantes se aseguran acceder de forma prioritaria a la elección de permisos para la temporada truchera de 2025 que, como en otras anualidades, abarcará desde el segundo domingo de marzo (09/03/2025) al tercer domingo de julio (20/07/2025).
Entre los 3 cotos suman 16,4 kilómetros de longitud que podrán ser pescados desde el 1 de mayo en el caso de Angostura, desde el 1 de abril en el caso de Rascafría y desde el 9 de marzo en el caso de Alameda, finalizando todos ellos el 20 de julio.
Aquellos pescadores que deseen participar en este proceso, pueden presentar su solicitud, del 1 al 30 de noviembre, tanto de forma electrónica como presencial.
La elección de los cotos y fechas concretas de los permisos de pesca se realizará en el período del 10 al 28 de febrero de 2025, a través de medios telemáticos o de forma presencial, en la oficina de licencias de caza y pesca de la Comunidad de Madrid.
Consultar la Orden de vedas en vigor.
1. Impresos de solicitud para tramitación por registro.
Puedes acceder al formulario oficial de solicitud, tanto para su tramitación presencial como por Internet con firma electrónica, en el siguiente enlace:
entrando en el apartado TRAMITAR.
2. Tramitación de solicitud a través de aplicación de permisos.
ACCESO AL TRÁMITE Y PUBLICACIÓN DE LISTADOS DE ADMITIDOS
El número máximo de permisos a elegir por solicitante es de 7 permisos en días laborables y 5 en días festivos, siendo el periodo de expedición de los mismos el comprendido entre las 09:00 horas del día 12 de febrero y las 23:59 horas del día 29 de febrero de 2024. Su elección será por riguroso orden de acceso a la aplicación o tramitación presencial.
Finalizada la fase previa de expedición de permisos, la Administración pondrá a disposición de los pescadores en turno libre, por riguroso orden de petición, todos los permisos sobrantes.
Si desea conocer el estado de su solicitud póngase en contacto con la Oficina para la tramitación y obtención de las licencias de caza y pesca:
- 91 438 34 00 / 91 438 34 02, de lunes a viernes laborables de 9:00 a 14:00 horas
- licenciascyp@madrid.org
Para mantener los grupos de pescadores, en cada solicitud se podrán incorporar los datos de un máximo de 5 pescadores. No es necesario que el propio solicitante sea pescador, pero deberán aportarse los datos personales de cada uno de ellos.
En la propia solicitud deberá indicarse si se concurre a la distribución de permisos de ribereños o al turno libre.
La duplicidad de un mismo pescador en distintas solicitudes llevará consigo la inclusión del mismo exclusivamente con el número correspondiente a la primera de ellas.
Autorizaciones
Más información
Si deseas más información puedes solicitarla en los teléfonos de caza y pesca 91 438 34 00 / 91 438 34 02 o a través del correo electrónico licenciascyp@madrid.org.