
Permisos, sorteos y autorizaciones de caza
La adjudicación de permisos de caza se efectúa previa realización de sorteos públicos entre los interesados que muestren su deseo de participar en los mismos, con el fin de garantizar su distribución equitativa.
Sorteo de paloma migratoria
La caza de palomas migratorias desde puestos fijos en pasos tradicionales está regulada por la Orden en la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que rigen para cada temporada y mediante resoluciones de la Dirección General competente.
Se puede consultar dicha información en el trámite Sorteos de permisos de caza en la Comunidad de Madrid, en el apartado documentación de interés.
Con el fin de garantizar la distribución equitativa de los puestos, la adjudicación de permisos para la caza de palomas migratorias en pasos tradicionales para cada temporada se efectúa previa la realización de sorteos públicos.
La obtención de los permisos no implicará gasto alguno para los interesados.
Plazo de solicitud
Del 15 de julio al 16 de agosto, ambos incluidos.
Impresos de solicitud
Puede acceder al impreso de Solicitud para su tramitación presencial, o vía Internet con firma electrónica, a través del siguiente enlace:
accediendo a TRAMITAR: Solicitud de Participación en Sorteos de Permisos de Caza para PALOMAS MIGRATORIAS desde puesto fijo en Pasos tradicionales.
NOTA.- Este trámite únicamente estará disponible durante el período en que esté abierto el plazo de solicitud.
Sorteo 2022
Según se establece en el artículo 26 de la Orden 991/2022, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que regirán durante la temporada 2022-2023.
Fecha: 12 de septiembre de 2022 a las 10:00 h
Lugar: sede de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura C/ Alcalá, nº 16
Para acudir al sorteo, deberá solicitar cita previa en los teléfonos 914 38 26 82 / 87 de lunes a viernes laborables de 9:00 a 14:00 horas. El aforo estará limitado a 10 personas.
Lugar de elección de puesto: Oficina de Licencias de Caza y Pesca, c/ Gran Vía, 3, 28013 Madrid
Número resultante del sorteo: 329 consultar trámite
Listados 2022
Puede acceder a los listados através del siguiente enlace:
Elección de puestos y repesca 2022
Comienzo elección puestos: 15/09/2022 consultar trámite
Se iniciará la elección de puestos con la solicitud nº (por definir), orden correspondiente al de entrada de la solicitud en el Área de Conservación de Flora y Fauna (consultar listados de citación).
- listados citación palomas por orden alfabético
- listados citación palomas por orden numérico
Lugar de elección de puesto: Oficina de Expedición de Licencias de Caza y Pesca, C/ Gran Vía, 3, 28013 Madrid
Repesca: del 26 al 29 de septiembre, de 09:00 a 11:00
Sorteo de jabalí
La caza de jabalí está regulada por la Orden en la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que rigen para cada temporada y mediante resoluciones de la Dirección General competente.
Se puede consultar dicha información en el trámite Sorteos de permisos de caza en la Comunidad de Madrid, en el apartado documentación de interés.
El período hábil de caza de jabalí comprenderá desde el día 8 de octubre hasta el día 21 de febrero del año siguiente, ambos incluidos.
La gestión de la caza de jabalí en la Reserva Nacional de Caza de Sonsaz y en Zona de Caza Controlada "Valles del Lozoya y Manzanares" y "Valdemaqueda" corresponde a la Consejería con competencias en medio ambiente. Los permisos para la caza de jabalí en estos terrenos para cada temporada se adjudican previa realización de sorteos públicos.
Para la obtención de los permisos y en concepto de gastos de cacería (organización, rehalas, etc.), cada Sociedad Local de Cazadores podrá exigir a cada uno de los cazadores que obtengan un permiso hasta un máximo de 90 €, que deberán ser ingresados por el adjudicatario del puesto. Cada Sociedad de Cazadores Local determinará si las piezas abatidas quedarán en posesión de los cazadores, debiendo informar a los mismos en el momento de concretar su asistencia a la cacería.
Plazo de solicitud
Del 15 de julio al 16 de agosto, ambos incluidos.
Impresos de solicitud
Puede acceder al impreso de Solicitud para su tramitación presencial, o vía Internet con firma electrónica, a través del siguiente enlace:
accediendo a TRAMITAR: Solicitud de Participación en Sorteos de Permisos de Caza para JABALI en batida Zonas de Caza Controlada y Reserva de Sonsaz.
NOTA.- Este trámite únicamente estará disponible durante el período en que esté abierto el plazo de solicitud.
Sorteo 2022
Según se establece en el artículo 26 de la Orden 991/2022, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que regirán durante la temporada 2022-2023.
Fecha: 12 de septiembre de 2022 a las 10:00 h
Lugar: sede de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura C/ Alcalá, nº 16
Para acudir al sorteo, deberá solicitar cita previa en los teléfonos 914 38 26 82 / 87 de lunes a viernes laborables de 9:00 a 14:00 horas. El aforo estará limitado a 10 personas.
Número resultante del sorteo: 600 consultar trámite
Listados 2022
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Puede acceder a los listados através del siguiente enlace:
Sorteo de cabra montés
La caza de la cabra montés está regulada por la Orden en la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que rigen para cada temporada y mediante resoluciones de la Dirección General competente.
Se puede consultar dicha información en el trámite Sorteos de permisos de caza en la Comunidad de Madrid, en el apartado documentación de interés.
El periodo hábil de caza para la cabra montés es desde el 1 de abril hasta el 30 de junio para machos de cabra montés, y desde el 15 de septiembre hasta el 15 de diciembre, ambos incluidos, para machos y hembras de cabra montés, y desde el 1 al 31 de marzo del año siguiente, ambos incluidos, para machos de cabra montés.
La única modalidad permitida en la caza de cabra montés en los terrenos administrados por la Comunidad de Madrid es la del rececho.
Los permisos de caza se pueden solicitar en la Consejería con competencias en medio ambiente y se adjudican mediante sorteo público.
La obtención de los permisos implicará el pago de las tasas definidas en la normativa de Tasas y Precios Públicos y sus actualizaciones de la Comunidad de Madrid.
Plazo de solicitud
Del 15 de julio al 16 de agosto, ambos incluidos.
Impresos de solicitud
Puede acceder al impreso de Solicitud para su tramitación presencial, o vía Internet con firma electrónica, a través del siguiente enlace:
accediendo a TRAMITAR: Solicitud de Participación en Sorteos de Permisos de Caza para CABRA MONTÉS en rececho en la Reserva de Caza de Sonsaz.
NOTA.- Este trámite únicamente estará disponible durante el período en que esté abierto el plazo de solicitud.
Sorteo 2022
Según se establece en el artículo 26 de la Orden 991/2022, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que regirán durante la temporada 2022-2023.
Fecha: 30 de septiembre de 2022 a las 10:00 h
Lugar: sede de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura C/ Alcalá, nº 16
Para acudir al sorteo, deberá solicitar cita previa en los teléfonos 914 38 26 82 / 87 de lunes a viernes laborables de 9:00 a 14:00 horas. El aforo estará limitado a 10 personas.
Número resultante del sorteo:
Cazadores locales: por definir
Cazadores regionales o autonómicos: por definir
Resto de cazadores: por definir
Listados 2022
Puede acceder a los listados através del siguiente enlace:
Autorizaciones
Permisos para realizar actividades cinegéticas fuera de cotos de caza
Cualquier medida excepcional a tomar en defensa de los cultivos, el ganado, la caza, la pesca, los bosques, las especies protegidas, la seguridad aérea, las instalaciones, o de la salud y seguridad de las personas deberá contar con la autorización de la Consejería competente en materia de medio ambiente.
Para solicitar la autorización se debe cumplimentar el formulario "Solicitud de control de especies silvestres fuera de cotos de caza" que se incluye en el trámite:
- Caza: solicitudes en cotos de caza y terrenos libres (columna derecha, apartado Gestión: TRAMITAR)
De conformidad con la legislación vigente, la Consejería competente en materia de medio ambiente, de oficio o a petición de parte, podrá tomar las medidas que se consideren necesarias para paliar los daños y perjuicios originados por la concentración de otras especies, no incluidas en la orden anual.
En terrenos de aprovechamiento cinegético común (fuera de los cotos privados de caza), de propiedad privada, las autorizaciones se otorgarán:
- a petición de los Ayuntamientos, cuando los daños sean originados por especies de caza mayor, y
- a petición de los Ayuntamientos, de los propietarios del terreno o de los cultivos cuando los daños sean originados por especies de caza menor.
No se expedirán permisos si estuviera pendiente alguna comunicación de resultados de actuaciones anteriores desarrolladas por el solicitante, sin perjuicio de las sanciones que puedan proceder por las infracciones cometidas.
Caza y captura con fines científicos
Cualquier actividad de caza o captura de ejemplares de fauna silvestre con fines científicos, así como todas aquellas que supongan manipulación o molestia para los mismos, como anillamiento o investigación, requiere autorización expresa de la Consejería competente en materia de medio ambiente. En todo caso, el solicitante deberá contar con la autorización del propietario de los terrenos.
Documentación a presentar por el solicitante junto con la solicitud motivada de autorización:
- Autorización del titular de los terrenos, cuando estos sean de régimen especial.
- Protocolo para la caza o captura científica de fauna protegida avalado por un organismo público de investigación o entidad de reconocido prestigio y experiencia en este tipo de trabajos, que esté directamente relacionado con el solicitante. Se deberá especificar objetivos, justificación, metodología, antecedentes, equipo humano y material, plazo de ejecución del trabajo e investigador principal responsable del proyecto.
- Autorización de la Oficina de Especies Migratorias, actualmente gestionada por SEO/BirdLife, con la tutela de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio con competencias en medio ambiente, que es la coordinadora de las actuaciones de marcaje y seguimiento, emitir y distribuir anillas, gestionar el Banco de Datos único, etc.
Se puede contactar con la Oficina de Especies Migratorias en la siguiente dirección:
Sociedad Española de Ornitología, SEO/BirdLife
c/ Melquiades Biencinto, 34. 28053-Madrid
Tel. (34) 91 434 09 10 / Fax. (34) 91 434 09 11
web: http://www.anillamientoseo.org/
Fotografía y filmación
Cualquier actividad de fotografía y filmación de nidos, cría, colonias, dormideros o madrigueras, requiere autorización expresa de la Consejería competente en materia de medio ambiente. En todo caso, el solicitante deberá contar con la autorización del propietario de los terrenos.
Así mismo, la atracción de fauna con restos cárnicos requiere autorización expresa de la Consejería competente en materia de medio ambiente. Dicho permiso únicamente se otorgará a entidades y centros de investigación científica, o bien, a empresas, profesionales o entidades cuya actividad económica se realice en el ámbito del turismo ornitológico, debiendo estar legalmente constituidas para este fin. Para su concesión se tendrá en cuenta, entre otras circunstancias, su posible incidencia sobre la fauna silvestre y ganadera del entorno, el tipo de restos a emplear y su cercanía a rutas o emplazamientos aeroportuarios u otro tipo de infraestructuras.
En el caso de las actividades de fotografía y filmación de fauna silvestre en el medio natural, para el resto de los supuestos que no se ajusten a la necesidad de autorización establecida en el apartado anterior (nidos, crías, colonias, dormideros o madrigueras) no precisarán de autorización expresa. No obstante, la actividad deberá ajustarse a los condicionantes generales recogidos en la legislación autonómica, estatal y supranacional de conservación de fauna silvestre, entre los que se encuentra la limitación de establecimiento de puestos fijos a menos de 250 metros de puntos de cría, lugares de concentración migratoria o invernada.
En el caso de que la actividad se desarrolle en espacios naturales protegidos, el régimen de autorizaciones o limitaciones para las actividades reguladas por este tipo de actividades será el establecido por la legislación específica del espacio protegido.
Plan de medidas COVID en las actividades cinegéticas
Elaborado por la Federación Madrileña de Caza (FMC) en base a las recomendaciones y normas dictadas por las autoridades sanitarias, constituye un conjunto de medidas a aplicar en la organización y desarrollo de jornadas de caza colectivas, al objeto de evitar contagios y la propagación del coronavirus.

Plan de acción de medidas COVID para las actividades cinegéticas