Arbitraje consumo: Trámites para empresas
El arbitraje de consumo es una garantía de calidad y un valor añadido que las empresas pueden ofrecer a sus clientes.
Cómo adherirse
El arbitraje de consumo aporta un valor añadido a su empresa
Para las empresas y profesionales, la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo es un valor añadido y una garantía de calidad que ofrecen a sus clientes., Se trata de un sistema extrajudicial y gratuito para resolver controversias de consumo entre un empresario o profesional y un cliente. El arbitraje de consumo se realiza a través de la administración.
En caso de surgir un problema que no sea resuelto directamente por la empresa que ofrece el producto o servicio, el cliente puede solicitar que su problema se resuelva mediante el arbitraje de consumo.
Si el consumidor solicita un arbitraje y la empresa está adherida, estará obligada a aceptarlo. Si el consumidor solicita resolver una determinada cuestión por la vía arbitral pero la empresa no estuviera adherida, puede ocurrir que la empresa sí acepte someterse a arbitraje. aunque como es un sistema voluntario para ambas partes, también puede suceder que la empresa rechace el arbitraje, en cuyo caso el consumidor deberá buscar otras vías para resolver el conflicto.
Cuando una empresa está adherida al sistema arbitral, debe exponer el distintivo en sus establecimientos, en su portal de internet y en las condiciones generales de los contratos de compraventa o de prestación de servicios que el empresario ofrezca al consumidor
Si le interesa saber si un comercio o profesional concreto está incluido en el Sistema Arbitral de Consumo, puede consultarlo haciendo clic en el enlace o llamando al teléfono 012.
Cómo solicitar la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo
Si es empresario o profesional y desea adherirse al Sistema Arbitral de Consumo, puede presentar su compromiso de adhesión a través de Internet:
- Haciendo clic en el enlace puede encontrar los impresos y el acceso para presentarlos de manera telemática
Documentos que deben acompañar a la solicitud
- Si se trata de una persona jurídica
- Copia de la escritura de constitución.
- Apoderamiento del representante.
- Copia del alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Si se trata de una persona física
- Copia del alta en el IAE.
En la oferta de adhesión deberá indicarse si se opta por que el arbitraje se decida en equidad, en derecho o indistintamente a elección del consumidor, así como el plazo de validez de la oferta. En el supuesto de no constar cualquiera de estos extremos, la oferta se entenderá realizada en equidad y por tiempo indefinido.
A partir de febrero de 2025, la oferta pública de adhesión que realice un empresario será única, se entenderá realizada a todo el Sistema Arbitral de Consumo, sin limitaciones, y abarcará todas las actividades que desarrolle el empresario bajo el mismo número de identificación fiscal, nombre comercial o marca.
Sí podrán realizarse adhesiones al sistema arbitral por periodos superiores a un año o o se efectúe a las Juntas Arbitrales correspondientes al territorio en el que el empresario desarrolle principalmente su actividad.
Distintivo sistema arbitral
La adhesión de una empresa o profesional al sistema arbitral de consumo le otorga como valor añadido un distintivo de calidad y un plus de excelencia en los servicios ofrecidos.
Distintivo físico
Las empresas y profesionales que se adhieren al Sistema Arbitral de Consumo reciben el distintivo oficial de adhesión, que pueden utilizar tanto en sus establecimientos como en su publicidad, albaranes, facturas, guías o en cualquier otro medio o documento.
Actualmente la empresa puede estar adherida solo para determinadas circunstancias ("oferta limitada"), pero a partir de febrero de 2025 las empresas no podrán adherirse al arbitraje de consumo con una Oferta Limitada. Por tanto no podrán exhibir el logo de "Oferta limitada".
Distintivo digital
La Junta Arbitral Regional de Consumo de la Comunidad de Madrid ofrece, además, a las empresas y profesionales adheridos al Sistema Arbitral de Consumo la posibilidad de exhibir en sus páginas web el distintivo de adhesión.
Este certificado digital ofrece, a quienes visiten la página web de la empresa, los datos de la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo y permite enlazar con la web de la Junta Arbitral Regional de Consumo de la Comunidad de Madrid.
Para poder mostrar el distintivo digital, las empresas o profesionales deberán reunir los siguientes requisitos:
-
Estar adheridas a la Junta Arbitral Regional de la Comunidad de Madrid.
-
Solicitar el distintivo digital a través del Portal del Consumidor.
El distintivo debe aparecer de manera clara y comprensible en su página web, debiendo constar también en las condiciones generales de los contratos de compraventa o de prestación de servicios que le ofrezca al consumidor. También debe figurar, en caso de no disponer de página web, en los folletos, carteles u otras comunicaciones comerciales.
Fecha de actualización: 29 de agosto de 2024