- En oficinas de Correos, representaciones diplomáticas u oficinas consulares, oficinas de asistencia en materia de registros (OAMR) o cualquier otro medio recogido en el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
¿Qué documentación debo presentar?
1. Acceso a la copia de la documentación clínica por el propio paciente: Deberá enviar el impreso cumplimentado y firmado digitalmente. En caso de no disponer de firma digital, deberá adjuntar copia de su Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o Número de Identidad de Extranjero (NIE).
2. Acceso a la documentación clínica por representación: La Ley 41/2002 establece que el derecho de acceso del paciente a la historia clínica puede ejercerse también por representación debidamente acreditada. Por tanto, deberá aportar:
- Autorización firmada.
- Copia del DNI, pasaporte o NIE del solicitante y del paciente.
- En caso de que el solicitante actúe como apoderado del paciente, adjuntará copia del DNI, pasaporte o NIE, y del poder notarial específico que le habilite para solicitar el acceso a los datos de salud en nombre del paciente titular de los mismos
3. Acceso a la documentación clínica para pacientes menores de edad: La Ley 41/2002 establece que el derecho de acceso del paciente a la historia clínica, puede ejercerse también por representación legal por los titulares de la patria potestad o tutores debidamente acreditados. deberá aportar:
- Copia del DNI del titular de la patria potestad.
- Copia del Libro de Familia/certificado de nacimiento.
- En caso de separación o divorcio de los titulares de la patria potestad, aportarán copia de la sentencia judicial de aplicación al proceso de aplicación al proceso de separación o divorcio.
4. Acceso a la documentación clínica para pacientes fallecidos: Solo se facilitará el acceso a la Historia Cínica de los pacientes fallecidos a las personas vinculadas a él/ella por razones familiares o de hecho. Salvo prohibición expresa del fallecido (art. 18.4 ley 41/2002).
Deberá enviar el impreso al efecto cumplimentado, aportando la siguiente documentación:
- Copia del DNI, pasaporte o NIE del solicitante.
- Copia del certificado literal de defunción si ha fallecido fuera del hospital.
- Documentación que acredite la relación familiar o de hecho con el fallecido.
5. Acceso a la documentación clínica de pacientes incapacitados: En caso de pacientes incapacitados, se deberá acompañar al Impreso de Solicitud de Documentación Clínica debidamente cumplimentado, los siguientes documentos:
- Copia del DNI, pasaporte o NIE del paciente.
- Copia del DNI, pasaporte o NIE del representante legal.
- Copia de la sentencia judicial que establece la representación legal.
Derechos S.O.P.L.A.R (Supresión, Oposición, Portabilidad, Limitación, Acceso, Rectificación)
Los derechos S.O.P.L.A.R son los derechos que puede ejercer cualquier persona, relacionados con la protección de sus datos personales. (Supresión, Oposición, Portabilidad, Limitación, Acceso, Rectificación)
Si desea ejercer el derecho de rectificación, supresión y/u oposición regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de derechos digitales, y del REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, ha de saber que se han sentado nuevas bases regulatorias que implican importantes novedades con respecto a la anterior normativa, fundamentalmente la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD), y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se desarrolla la LOPD (RDLOPD).
Una de las principales cuestiones que la nueva regulación modifica, es la ampliación de derechos de los titulares de datos de carácter personal, pasando de los conocidos derechos ARCO a los que se ha procedido a denominar “SOPLAR” y que son los siguientes:
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Supresión: derecho a obtener, sin dilación indebida del responsable del tratamiento, la supresión de los datos personales que le conciernan.
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Oposición: derecho a oponerse a que los datos personales sean objeto de tratamiento.
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Portabilidad: derecho a recibir los datos personales que le incumban, que haya facilitado a un responsable del tratamiento, en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, y a transmitirlos a otro responsable del tratamiento.
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Limitación:
derecho a obtener del responsable del tratamiento la limitación del tratamiento de los datos cuando:
-El interesado impugne la exactitud de los datos personales, durante un plazo que permita al responsable verificar la exactitud de los mismos.
-El tratamiento sea ilícito y el interesado se oponga a la supresión de los datos y solicite en su lugar, la limitación de su uso.
-El responsable ya no necesite los datos para los fines del tratamiento, pero el interesado los necesita para la formulación del ejercicio o defensa de reclamaciones.
-El interesado se haya opuesto al tratamiento, mientras se verifica si los motivos legítimos del responsable prevalecen sobre los del interesado.
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Acceso: derecho que ostenta el interesado a obtener del responsable del tratamiento confirmación de si se están tratando o no datos personales que le conciernen y en su caso, se deberá facilitar la información que se tenga sobre su persona.
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Rectificación: derecho a obtener, sin dilación indebida del responsable del tratamiento, la rectificación de los datos personales inexactos que le conciernan. Teniendo en cuenta los fines del tratamiento, el interesado tendrá derecho a que se completen los datos personales que sean incompletos, inclusive mediante una declaración adicional.
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¿Cómo se solicita?
- Deberá cumplimentar el impreso según solicitud:
- Deberá aportar la documentación acreditativa que proceda en cada caso, de la que se informa en el formulario.
- La información sobre la entrega del formulario y la documentación necesaria está reflejada en el documento de solicitud.
- El plazo máximo establecido legalmente para resolver estas solicitudes es de un mes, a contar desde la recepción de la misma, pudiendo prorrogarse otros dos meses, dependiendo de la complejidad de la solicitud.
Desde la Comunidad de Madrid se puede tramitar siempre que disponga de firma digital, siguiendo el enlace que se indica a continuación:
Ejercicio de derechos sobre protección de datos personales