Resolución número 399/2022
Recurso contra la valoración de criterio sujeto a juicio de valor. Desestimación, La argumentación de la recurrente se fundamenta en datos que carecen de veracidad de acuerdo con los que constan en el expediente.
Recurso contra la valoración de criterio sujeto a juicio de valor. Desestimación, La argumentación de la recurrente se fundamenta en datos que carecen de veracidad de acuerdo con los que constan en el expediente.
Desestimación. La oferta se presentó por persona que en ese momento no tenía poder de representación de la mercantil y el cambio de administrador no se comunicó al órgano de contratación al presentar la documentación previa a la adjudicación, por lo que el error se señala una vez precluido el plazo y no puede admitirse la nueva documentación.
Estimación parcial de recurso contra la valoración de la oferta del adjudicatario. La valoración realizada de los criterios no sujetos a juicio de valor no se ajusta al contenido de los pliegos. Se ordena retroacción de actuaciones para nueva valoración.
Acumulación de recursos y desestimación. Integración de solvencia con apoyo en medios externos. La empresa en la que se apoya no tiene objeto social para las prestaciones del contrato, por lo que su exclusión es conforme a Derecho.
Desestimación. La apreciación de la viabilidad de ofertas incursas en presunción de temeridad responde al concepto de discrecionalidad técnica del órgano de contratación. La motivación de la admisión de la justificación de la oferta no debe ser tan exhaustiva como lo es su rechazo.
Inadmisión de recurso al tener un valor estimado inferior a 100.000 euros. El Tribunal carece de competencia para resolverlo.
Estimación de recurso contra pliegos de condiciones que restringían la competencia al referenciar tanto la solvencia como el 70% de los criterios de valoración a trabajos similares entendiendo por tales las fundaciones públicas dedicadas a la investigación.
Estimatoria. De la certificación remitida no se deduce que el contrato esté todavía en ejecución. Era posible solicitar aclaración.
Terminación del procedimiento, desistimiento recurrente.
Se recurre la adjudicación del contrato por considerar que la admisión de la oferta, incursa en presunción de anormalidad, no es viable. Se desestima el recurso. El informe técnico está motivado y se encuentra dentro de la discrecionalidad que le es dada al órgano de contratación.