Preguntas frecuentes de consumo
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¿Puedo desistir de una compra que he realizado por teléfono?
Sí. Al igual que sucede con la venta online, la contratación telefónica es otro de los tipos de contratación a distancia que pueden hacer las personas consumidoras. En estos casos, les ampara lo que se conoce como “derecho de desistimiento”, es decir, puede retractarse de su compra sin necesidad de justificación, en los 14 días naturales siguientes a la recepción del producto.
La empresa está obligada a reembolsar el dinero pagado, sin penalización.
Por su parte, al consumidor le corresponde el envío de los productos de vuelta al vendedor. Es posible que el consumidor deba correr con los gastos de devolución, si así está dispuesto en el contrato. Si la empresa no ha informado sobre quién debe correr con los gastos por devolución, deberá hacerse cargo el vendedor .
Recuerde que existen excepciones al derecho de desistimiento en la contratación telefónica, por ejemplo, en reservas de hotel, vuelos o coches de alquiler. En estos casos, las empresas deberán informarle de que no le corresponde ese derecho.
Puede consultar más información sobre el derecho de desistimiento en el siguiente reportaje
Se me ha roto un vaso de cristal en la cocina. ¿Debo tirar los restos al contenedor verde?
No. A pesar de que los vasos son de cristal, el que se utiliza para fabricar vasos, copas o jarras tiene una composición distinta del vidrio. Por eso, los restos de un vaso roto no deben tirarse al contenedor verde sino al contenedor gris de basura orgánica doméstica.
Voy a celebrar un bautizo en un salón de celebraciones, y me obligan a contratar al músico con el que ellos trabajan. ¿Pueden hacerlo?
Sí, siempre que usted haya firmado un contrato en el que aparezca una cláusula con dicha exigencia. Por ello, asegúrese de leer bien el contrato antes de firmar y verifique que no le imponen ningún servicio extra de forma obligada.
Para la contratación de un músico u otros servicios externos, como el fotógrafo, el catering o la floristería, usted podrá contratar a la empresa que desee siempre que en el contrato que haya firmado no aparezca lo contrario. Por ello, recuerde siempre leer deternidamente el contrato o el presupuesto antes de firmarlo.
¿Tiene validez temporal un presupuesto de un viaje?
Sí. Si una Agencia de viajes le elabora un presupuesto, tendrá validez solo durante el tiempo que la agencia le haya indicado por escrito en el propio presupuesto, porque la normativa no ha establecido nada al respecto.
Se entiende que, si hace pocos días que le emitieron el presupuesto, éste será válido, pero lo mejor para asegurarse de que le van a mantener el precio, es que aparezca por escrito.
Piense que el valor de los combustibles o la volatilidad de los mercados hacen que los costes para los distintos servicios implicados: transportes, alojamientos o restauración, entre otros, puedan verse afectados
Recuerde siempre la importancia de leer con detenimiento los presupuestos que nos ofrecen e identificar en ellos, las condiciones de cancelación; posibilidades de modificación; el precio de cada servicio; los datos de contacto e identificación del organizador o responsable del viaje y pida que le suscriban una fecha de validez para el presupuesto.
Si me convocan a una mesa electoral y tengo contratado un viaje. ¿Tienen que devolverme el importe?
Lo primero que debes hacer es revisar las condiciones de tu contrato, sobretodo la claúsula de cancelación, para ver si recoge como motivo de cancelación la convocatoria a una mesa electoral. No obstante, fíjate bien en las condiciones (plazo para cancelar, porcentaje de devolución del total del abono).
Si has contratado un seguro de viaje, consulta sus condiciones, ya que en ocasiones algunos productos recogen convocatorias oficiales a oposiciones o a mesas electorales como causa de cancelación. Igualmente, revisa las condiciones.
No obstante, sepa que se ha reconocido como excepción para no acudir a formar parte de la mesa electoral, el hecho de que se tenga que cancelar un viaje o estancia vacacional que suponga un perjuicio económico o un trastorno grave, siempre que el viaje se haya contratado antes del 30 de mayo de 2023. Puede consultar más información en la página de la Junta Electoral Central
¿Se siguen tramitando reclamaciones frente a empresas de Reino Unido?
Sí. El Centro Europeo del Consumidor(CEC) ha firmado un acuerdo con Reino Unido que pemite que se sigan tramitando las reclamaciones presentadas frente a empresas de Reino Unido. Igualmente se tramitan reclamaciones que hayan presentado ciudadanos de Reino Unido a empresas españolas.
En estos casos las personas consumidoras pueden además utilizar el proceso europeo de escasa cuantía, un proceso judicial para demandas civiles y mercantiles en el marco de la Unión Europea; o la plataforma online de resolución alternativa de litigios ODR Platform, que ofrece a los consumidores y a los comerciantes un servicio para resolver online los litigios sobre compras transfronterizas por internet.
Para más información, consulte el siguiente reportaje sobre los derechos de los consumidores en la Unión Europea.
¿Me pueden aplicar el derecho de admisión al entrar en un concierto?
Sí. El derecho de admisión está recogido por la legislación y supone el derecho de la empresa de impedir a terceros el acceso a su establecimiento público, debido a razones objetivas y publicitadas.
Si se quiere limitar el acceso, se deberá colocar cartel o algo similar en la entrada. Tiene que ser visible al público, en la zona de venta de entradas y en otros lugares donde la empresa considere oportuno. El derecho de admisión deberá aplicarse de igual manera a todas las personas consumidoras sin ninguna discriminación entre unos y otros.
Además, las razones para ejercer el derecho de admisión deberán ser objetivas y no podrán vulnerar lo establecido en la Constitución, que prohibe la discriminación de cualquier persona por motivos de raza, sexo, religión, nacimiento, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social.
¿Con qué frecuencia tienen que leer el contador del gas?
La lectura de los contadores de gas debe hacerla la empresa distribuidora, que posteriormente los pasa a la comercializadora que es quien le emite la factura.
La lectura puede hacerse con periodicidad mensual o bimestral.
Si usted está en el mercado regulado deberán facturarle con periodicidad mensual o bimestral y en base a la lectura de su equipo de medida. Si no ha sido posible hacer una lectura de su contador, la compañía podrá facturarle en base a lecturas estimadas, pero deberán hacerle una regularización anual con lectura real.
Para evitar sobrecostes en la factura le recomendamos que de siempre su lectura real. Recuerde que en las facturas deben indicarle el procedimiento que debe seguir para enviar la lectura de su contador.
Si su contrato de gas es del mercado libre, la periodicidad de facturación vendrá establecida en el mismo.
¿Funciona el roaming en los cruceros?
No, solo podrá tener acceso al roaming cuando baje del barco y siempre que se encuentre en un país de la Unión Europea. Sus tarifas entonces serán las mismas que tenga contratadas en su país de origen, pero cuando esté navegando no se aplica el roaming.
Le aconsejamos que pregunte en su compañía telefónica por si hay alguna tarifa que se adapte a sus necesidades o que consulte en el propio crucero, ya que suelen ofrecer alternativas, por ejemplo pueden darle acceso a una red wifi del propio barco o puede que tengan a bordo cabinas de teléfono o le ofrezcan tarjetas de prepago. De lo contrario puede encontrarse con facturas elevadas.
Para los casos en los que el crucero se desplace por países de fuera de la Unión Europea, es recomendable que se informe de los precios que los operadores establecen para el servicio de itinerancia y comparar las distintas ofertas.
Si quiere más información puede consultar el siguiente reportaje del Portal del Consumidor sobre roaming y llamadas internacionales
He comido en un restaurante y, al pagar, en el ticket incluían un porcentaje sugerido para propinas, ¿pueden hacerlo?
No. La propina en España no es obligatoria. No existe ninguna ley o regulación que indique que los clientes deben dejar una propina en los establecimientos de hostelería. Es una decisión personal y voluntaria, por lo que en ningún caso nos pueden obligar a realizar ese pago, ni incluirlo por defecto en el ticket.
No obstante, pueden informarnos sobre la posibilidad de dar propina a través de la plataforma de pago, pero no olvide que debe ser una decisión personal y voluntaria.

