Preguntas frecuentes de consumo
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¿Por qué sigo recibiendo llamadas comerciales?
La nueva Ley de Telecomunicaciones establece que las compañías no pueden seguir realizando llamadas comerciales no deseadas a los consumidores. Sin embargo, la propia ley establece "salvo que exista consentimiento previo del propio usuario" . Este consentimiento puede venir de la mano de una aceptación expresa en el pasado por el consumidor cuando realizó la contratación o al aceptar cookies de una página web.
Por eso, si quiere dejar de recibir llamadas spam es importante que verifique que no tiene aceptadas estas condiciones de manera previa y no aceptar las cookies sin leer lo que esto supone. En todo caso, podrá exigir a la empresa, preferentemente por escrito, que deje de llamarle, anulando así cualquier consentimiento previo.
Si voy a comprar un vehículo, ¿deben facilitarme también el etiquetado energético de los neumáticos?
Sí. Al adquirir un vehículo nuevo, los vendedores están obligados a proporcionar la etiqueta energética de los neumáticos.
El etiquetado energético de los neumáticos refleja la eficiencia en el consumo energético del coche, la adherencia de la goma en suelo mojado y el ruido exterior que produce.
La eficiencia en el combustible se valora entre las letras A y E. Los neumáticos con clasificación A reducen el gasto de combustible y las emisiones de CO2.
La adherencia de la goma está relacionada con la distancia de frenado sobre suelo mojado y es fundamental en la seguridad vial. Se clasifican entre la letra A y la F, siendo la A, la menor distancia de frenado.
Por último, en la clasificación energética se tiene en cuenta el nivel de ruido que genera un neumático al rodar. Se representa mediante un pictograma, con un neumático y una, dos o tres ondas alrededor. Si solo tiene una onda significa que emite el mínimo nivel de ruido al circular.
No olvide comprobar el etiquetado energético, para conocer sus características y poder comparar entre los distintos tipos de neumáticos que le ofrezcan.
La piscina de la urbanización en la que veraneo no tiene socorrista, ¿debería tenerlo?
Sí, debería tenerlo, a no ser que se trate de un comunidad de vecinos de menos de 30 viviendas. Tampoco es obligarorio para piscinas unifamiliares o las de uso terapéutico o termal.
En todos los demás casos, se deberá contar con un servicio de socorristas con el grado de conocimiento suficiente en materia de socorrismo acuático y prestación de primeros auxilios, cuya formación será acreditada por el organismo competente. El servicio de socorrismo deberá permanecer en las instalaciones durante todo el tiempo de funcionamiento de las mismas.
El número de socorristas dependerá de la superficie de la lámina de agua, aunque en el caso de varias piscinas con una distancia entre ellas que no permita una vigilancia eficaz deberán contar con un socorrista por cada piscina.
¿Qué hago si cancelan un festival de música para el que tengo entradas?
Si tiene entradas o abonos para un festival y se cancela por motivos ajenos al consumidor, la empresa organizadora debe devolver los importes abonados, sin incluir obligatoriamente los gastos de gestión. Por este motivo, se recomienda conservar siempre los justificantes de compra. Para reclamar, debe dirigirse en primer lugar al establecimiento o plataforma on-line donde adquirió la entrada o abonos. En caso de que no se atienda o no se de una respuesta satisfactoria a su reclamación, debe recurrir a las Oficinas Municipal de Información al Consumidores (OMIC), que encontrará en su municipio, o presentar su reclamación en la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid. Si la empresa organizadora del evento está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, usted puede solicitar mediación a la Junta Arbitral de Consumo. Por último, puede acudir a los acudir a los tribunales.
¿Qué hago si cancelan un festival de música para el que tengo entradas?
Si tiene entradas o abonos para un festival y se cancela por motivos ajenos al consumidor, la empresa organizadora debe devolver los importes abonados, sin incluir obligatoriamente los gastos de gestión. Por este motivo, se recomienda conservar siempre los justificantes de compra. Para reclamar, debe dirigirse en primer lugar al establecimiento o plataforma on-line donde adquirió la entrada o abonos. En caso de que no se atienda o no se de una respuesta satisfactoria a su reclamación, debe recurrir a las Oficinas Municipal de Información al Consumidores (OMIC), que encontrará en su municipio, o presentar su reclamación en la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid. Si la empresa organizadora del evento está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, usted puede solicitar mediación a la Junta Arbitral de Consumo. Por último, puede acudir a los acudir a los tribunales.
¿Qué hago si cancelan un festival de música para el que tengo entradas?
Si tiene entradas o abonos para un festival y se cancela por motivos ajenos al consumidor, la empresa organizadora debe devolver los importes abonados, sin incluir obligatoriamente los gastos de gestión. Por este motivo, se recomienda conservar siempre los justificantes de compra. Para reclamar, debe dirigirse en primer lugar al establecimiento o plataforma on-line donde adquirió la entrada o abonos. En caso de que no se atienda o no se de una respuesta satisfactoria a su reclamación, debe recurrir a las Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), que encontrará en su municipio, o presentar su reclamación en la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid. Si la empresa organizadora del evento está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, también puede solicitar mediación a la Junta Arbitral de Consumo. Por último, puede acudir a los acudir a los tribunales.
¿Es obligatorio contratar el seguro de viaje?
No es obligatorio, por lo que recuerde que la empresa con la que contrate el viaje no podrá exigirle ni esta ni otras contrataciones adicionales. No obstante, hay destinos que sí pueden exigir la contratación de un seguro de viaje, como por ejemplo los países que exigen un visado para entrar, vinculado, en ocasiones, a la obtención de un seguro para coberturas como la sanitaria. Por ello, recuerde que es importante conocer los requisitos de entrada en el país de destino antes de contratar su viaje.
¿Pueden las personas con discapacidad acceder al transporte público con un perro de asistencia?
Sí, la legislación les permite acceder a todos los transportes públicos, como el autobús, el metro o el taxi, sin que puedan denegarle la entrada. No obstante, están obligados a cumplir una serie de exigencias, como portar la documentación identificativa del perro de asistencia, mantener al animal a su lado y garantizar las condiciones higiénicas del mismo, así como respetar las normas higiénicas del entorno. En los medios de transporte habilitados, el usuario deberá ocupar junto a su perro, preferentemente, los asientos para personas con movilidad reducida.
Cuando fui a recoger mi coche del aparcamiento no tenía dinero para pagar el tique. ¿Pueden retenerme el vehículo?
Sí. El titular del aparcamiento tiene el derecho de retención sobre el vehículo en garantía del pago del precio del aparcamiento. Por eso, en caso de que usted no disponga de la cantidad requerida para el pago, podrán impedirle que lo saque. Las empresas de aparcamientos también podrán retirar un vehículo cuando lleve estacionado más de seis meses de forma que denote que el vehículo está abandonado, ya sea por sus desperfectos, por no tener placas de matrícula o por signos que hagan presumir la falta de interés del propietario en su utilización.
Compré el billete a una compañía aérea pero la compañía que realizó el vuelo era otra diferente. En caso de problemas, ¿a cuál de ellas debería dirigir mi reclamación? ¿Cuál de las dos es responsable?
La compañía responsable será la compañía con la que usted contrató. Sepa que la compañía aérea operadora puede no ser la misma que la que finalmente le lleve a su destino.
En el caso de que no le resuelvan la incidencia, puede reclamar ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). También puede solicitar una hoja de reclamaciones y presentarla en la Oficina Municipal de Información al Consumidor más cercana a su domicilio o en la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid.

