Preguntas frecuentes de consumo
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Acudí a un concierto para comprar entradas en la taquilla, pero el precio era mucho mayor que el que anunciaban por internet. ¿Pueden cobrar diferente precio según se compre por taquilla o por internet?
Sí. Lo primero que usted debe comprobar es si el precio que anunciaban por internet era para la compra online y si establecía un precio distinto para la compra presencial en taquilla. Las empresas organizadoras pueden legalmente fijar esos dos baremos de precios, por lo que puede que el precio superior en taquilla que usted ha encontrado sea el legalmente establecido.
No obstante, para que así sea, la empresa organizadora del concierto debe informar de forma clara, en su página web y en la información que trasladen por internet, de los distintos precios de entradas para las compras online y para las presenciales.
Si la empresa no le ha informado debidamente de esta circunstancia, usted podrá interponer una reclamación ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) más cercana, ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid o a través de internet.
He solicitado a través del Imserso un viaje que incluye el transporte, el alojamiento y un paquete de excursiones. ¿Puedo acogerme a la normativa de los viajes combinados?
No. La legislación en materia de consumo ha introducido una novedad según la cual la regulación de los viajes combinados excluye a los denominados viajes ocasionales. Entre estos, se encuentran los que se realizan sin ánimo de lucro, siempre que vayan dirigidos a los miembros de la entidad que organiza, y sean dirigidos únicamente a un grupo limitado de viajeros.
Esta novedad supone excluir al programa del Imserso del régimen de viajes combinados, por lo que cada uno de los servicios que se presten serán considerados de forma independiente como servicios de viajes vinculados en un mismo paquete.
Esto es importante a la hora de exigir responsabilidades o reclamar. Para más información consulte el siguiente reportaje sobre viajes combinados.
¿Debo pagar por pedir un vaso de agua en un bar?
No. Hasta ahora, los establecimientos de restauración podían decidir si cobraban o no a las personas consumidoras por un vaso de agua del grifo. Esta situación ha cambiado debido a la entrada en vigor de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, que establece que los establecimientos tendrán que ofrecer obligatoriamente de manera gratuita esta opción.
La ley indica que los establecimientos del sector de la hostelería y restauración tendrán que ofrecer siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento.
Por lo tanto, las personas consumidoras podrán elegir entre la opción de pedir agua no envasada (del grifo), que deberá ser siempre gratuita, o agua embotellada, en cuyo caso el establecimiento podrá cobrar el precio que estime.
He contratado los servicios de una plataforma digital de series y películas, pero no me funciona correctamente y no me deja acceder a los contenidos. ¿Puedo pedir que me descuenten el tiempo que no ha me ha funcionado?
Sí. Las personas consumidoras podrán exigir la reducción de sus cuotas durante el tiempo que sus plataformas no funcionen de acuerdo con lo contratado, o reclamar la devolución del dinero en el caso de que la empresa le haya cobrado la cuota mientras el servicio no funcionaba adecuadamente.
Así queda reflejado en el artículo 119 bis de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que establece el derecho a reducir el pago por la suscripción de servicios o contenidos digitales, en función del tiempo en el que los mismos no se hayan prestado de forma correcta.
Para más información sobre plataformas de suscripción de contenidos digitales, pude consultar el siguiente reportaje.
¿Cómo puedo saber si mi décimo de lotería está premiado? Y, en caso de que esté premiado, ¿cómo y dónde puedo cobrarlo?
Si usted aún no sabe si ha sido agraciado en el sorteo extraordinario de la Navidad, puede comprobarlo en la web oficial de Loterías y Apuestas del Estado, donde también podrá comprobar si ha resultado agraciado en cualquiera de los sorteos que se realizan a lo largo del año.
Si, una vez comprobado su décimo, encuentra que está premiado, ¡enhorabuena! Si se trata de un premio inferior a 2.000 euros, podrá cobrarlo directamente en su administración de lotería. Si el premio es igual o superior a 2.000 euros, tendrá que acudir a las entidades financieras asociadas.
Recuerde que, si el premio es superior a 40.000 euros, deberá pagar a Hacienda un 20% de la cantidad que exceda de esa cuantía.
Para más información sobre loterías, puede consultar el siguiente reportaje.
¿Cómo puedo identificar un hotel, un apartamento turístico o un alojamiento rural?
Se trata de tres tipos de establecimientos turísticos distintos, que se diferencian por sus instalaciones y características. Para poder identificarlos, debemos fijarnos en el distintivo que les acompaña.
En el caso de los hoteles, al igual que en hostales o pensiones, el distintivo que les identifica es la estrella, pudiendo ir de una a cinco, según los servicios que ofrezca. Además, junto a la estrella, le acompaña la letra H, que identifica que se trata de un hotel; mientras que los hostales llevan HS y las pensiones la P.
En el caso de los apartamentos turísticos, se identifican por el distintivo AT seguido de un número de llaves, que podrá ir de una a cuatro, según los servicios que preste.
Los alojamientos rurales se dividen en hoteles rurales “H Rural”; Apartamentos turísticos Rural “AT Rural” y Casa Rural “C Rural”. Estos distintivos irán acompañados de una, dos o tres hojas de roble, según la categoría a la que pertenezcan.
Para más información sobre alojamientos rurales, puede consultar el siguiente reportaje.
Me voy a apuntar a un gimnasio y me piden cuota de permanencia, ¿pueden hacerlo?
Las empresas que ofrecen la contratación de servicios, como puede ser el caso de un gimnasio, pueden establecer una permanencia mínima al usuario, que de esta forma se beneficiaría de mejores precios o de otros servicios.
Sin embargo, es el cliente el que decide si desea firmar un contrato de permanencia para obtener estos beneficios o si, por el contrario, decide firmar otro tipo de contrato con otros precios y sin ninguna atadura en el tiempo.
Recuerde que, si acepta la cuota de permanencia, el gimnasio está obligado antes de la firma del contrato a informarle de todos los detalles, tanto de la duración de permanencia, de sus condiciones y beneficios, y de cuáles son las penalizacioneseconómicas a las que podemos enfrentarnos si decidimos romper antes de tiempo nuestro contrato con el gimnasio.
Si quiere más información sobre gimnasios, consulte el siguiente reportaje.
Fui a un parque de atracciones y el precio de las entradas y el horario eran diferentes a lo que se anunciaba en la página web. ¿Qué puede reclamar?
Cabe la posibilidad de que una empresa establezca precios diferentes para las compras online y presenciales. No obstante, en el caso de que así sea, tienen la obligación de indicarlo claramente, para evitar confusión en las personas consumidoras.
Del mismo modo, en la entrada del recinto deben tener expuesto de forma clara y visible el horario y el listado de precios.
Si la diferencia de precios fuera por un error en la web, el consumidor puede presentar una reclamación (siempre que pueda acreditar dicho error, por ejemplo, con un pantallazo de la web).
En este caso, al tratarse de una queja relacionada con horarios y precios, puede presentar una declaración ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid.
Sin embargo, la mayor parte de las cuestiones relativas a parques de atracciones y ocio son asumidas por las Oficinas Municipales de Información al Consumidor, que dependen de los diferentes ayuntamientos.
Si quiere más información sobre parques de atracciones y ocio, consulte el siguiente reportaje.
¿Qué puedo hacer si necesito un dinero extra para irme de vacaciones?
En el caso de requerir financiación específica para unas vacaciones es conveniente que, siempre que sea posible, contrate un crédito de consumo vinculado con la agencia de viajes con la que va a realizar el viaje. En este tipo de contratos, el comerciante no facilita la financiación al consumidor, sino que le ofrece la posibilidad de hacerlo a través de una entidad de crédito.
El crédito debe servir exclusivamente para financiar el viaje y tanto el contrato de compra como el de financiación están vinculados el uno al otro. Esto le ofrece la ventaja, como consumidor, de que, si la agencia de viajes incumple con el contrato o tiene algún problema económico y no puede disfrutar de sus vacaciones, puede dar por finalizado el crédito contratado.
¿Cuáles son los servicios mínimos que un camping está obligado a prestar?
Depende de la categoría que tenga el camping. Los campings considerados de lujo deben disponer de una recepción, restaurante, salón social con televisor, supermercado, cajas fuertes individuales, piscina para niños y para adultos, parque infantil, peluquería, ‘boutique’, servicio de lavandería, lavado de coches, prensa nacional y extranjera, e incluso oficina para cambio de moneda.
A los de primera se les exige tener lo mismo, excepto las cajas fuertes individuales, la peluquería, la ‘boutique’, el lavado de coches y la oficina de cambio de moneda extranjera. Y los de segunda categoría solamente tienen la obligación de garantizar recepción, bar, supermercado, piscina para niños y adultos y parque infantil.
Los campings deberán exhibir la identificación de su categoría, siendo esta, dentro de la silueta de una tienda de campaña, de una L y cinco estrellas para los campings de lujo, de un 1 y cuatro estrellas para los de primera categoría y de un 2 y tres estrellas para los de segunda.
Para más información sobre los campings, consulte el siguiente reportaje.

