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Tengo un viaje contratado a un país al que el Ministerio de Asuntos Exteriores recomienda no viajar. ¿Puedo cancelar y reclamar?
Depende del tipo de servicio que haya contratado.
- Si ha contratado un viaje combinado (paquete turístico)
Cuando el viaje incluye varios servicios contratados conjuntamente, por ejemplo, vuelo y hotel, se considera un viaje combinado.
En estos casos, si en el destino se producen circunstancias inevitables y extraordinarias que puedan afectar de forma significativa al viaje, el consumidor puede resolver el contrato antes del inicio del viaje sin pagar penalización.
Esto puede ocurrir, por ejemplo, cuando las autoridades desaconsejan viajar a un país por motivos de seguridad.
En ese caso, el consumidor debe reclamar al organizador o a la agencia de viajes que vendió el paquete, que deberá devolver las cantidades pagadas.
- Si solo ha contratado un vuelo u otro servicio por separado
Cuando el consumidor ha contratado solo un vuelo o cualquier servicio turístico de forma independiente, la situación es distinta.
Si el vuelo sigue operando con normalidad, la compañía aérea no está obligada legalmente a devolver el dinero, si el pasajero decide no viajar por precaución.
En estos casos, el consumidor debe consultar directamente con la aerolínea; algunas compañías pueden ofrecer cambios de fecha o bonos de viaje, pero depende de su política comercial.
Tendría derecho al reembolso automático si la aerolínea cancela el vuelo.
Para otro tipo de viajes o servicios puede consultar más información en el siguiente enlace
¿Qué derechos tiene el alumno si la autoescuela retrasa o cancela las clases prácticas?
En todo caso, los retrasos deben estar justificados por causas objetivas (por ejemplo, baja del profesor o avería puntual del vehículo). La falta estructural de organización o la sobrecontratación de alumnos no exime del cumplimiento del contrato.
Por tanto, si la autoescuela retrasa de forma reiterada el inicio de las clases prácticas o las cancela sin causa justificada, puede existir un incumplimiento del contrato. En este caso, tendrá derecho a:
- Exigir el cumplimiento en un plazo razonable: Puede requerir por escrito a la autoescuela que programe las clases en un plazo concreto y razonable.
- Resolver el contrato si el incumplimiento persiste y solicitar la devolución de las cantidades pagadas: Si, tras el requerimiento, la autoescuela no cumple o el retraso es grave (por ejemplo, paralización durante meses sin justificación), el alumno puede resolver el contrato y solicitar la devolución de las cantidades pagadas por las clases no impartidas.
- Reclamar daños y perjuicios adicionales: si acredita un perjuicio económico adicional derivado del incumplimiento (por ejemplo, pérdida de tasas de examen).
Si no recibe respuesta en el plazo máximo de un mes, podrá acudir a consumo o solicitar arbitraje si la empresa está adherida.
Han cancelado mi viaje de tren. ¿Qué derechos tengo y dónde reclamo?
Si le han cancelado el tren la empresa ferroviaria debe ofrecerle:
- Devolución íntegra del billete (que deberá efectuarse a los 30 días desde la solicitud) o
- Continuar el viaje por una vía alternativa que le permita llegar a su destino en condiciones comparables, y en el momento más rápido posible o, si lo prefiere y es viable, en una fecha posterior que le convenga. Si la empresa no ofrece una alternativa dentro de 100 minutos desde la hora prevista de salida, el viajero puede contratar otro transporte (el gasto debe ser necesario, adecuado y razonable) y además podría exigir el reembolso.
- Asistencia e información: mientras usted espera una alternativa o decide qué hacer, deben informarle sobre la situación y la hora estimada de salida del transporte alternativo o de las distintas opciones.
- Cuando sea necesario por el tiempo de espera, debe proporcionarle comida y refrescos y, si procede, alojamiento y en su caso transporte hasta dicho alojamiento.
Además, tenga en cuenta que, tiene derecho a una indemnización. Excepto si la cancelación se debe a causas vinculadas con fenómenos meteorológicos extremos, catástrofes naturales graves, crisis graves de salud pública, robo de cable o sabotaje, entre otros.
A la hora de reclamar, lo correcto es empezar siempre por la empresa ferroviaria (Renfe, Avlo, Ouigo, Iryo o Alsa. etc.). Si la compañía no le da respuesta o no es satisfactoria, puede poner una reclamación en las Juntas Arbitrales del Transporte o la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid.
Si decide ir vía judicial, recuerde que la Ley Orgánica 1/2025 establece la obligación de las partes de someterse a métodos alternativos de resolución de conflictos antes de interponer una demanda en el ámbito civil y mercantil.
Para más información consulte la normativa.
Han cancelado mi viaje de tren. ¿Qué derechos tengo y dónde reclamo?
Si le han cancelado el tren la empresa ferroviaria debe ofrecerle:
- Devolución íntegra del billete (que deberá efectuarse a los 30 días desde la solicitud) o
- Continuar el viaje por una vía alternativa que le permita llegar a su destino en condiciones comparables, y en el momento más rápido posible o, si lo prefiere y es viable, en una fecha posterior que le convenga. Si la empresa no ofrece una alternativa dentro de 100 minutos desde la hora prevista de salida, el viajero puede contratar otro transporte (el gasto debe ser necesario, adecuado y razonable) y además podría exigir el reembolso.
- Asistencia e información: mientras usted espera una alternativa o decide qué hacer, deben informarle sobre la situación y la hora estimada de salida del transporte alternativo o de las distintas opciones.
- Cuando sea necesario por el tiempo de espera, debe proporcionarle comida y refrescos y, si procede, alojamiento y en su caso transporte hasta dicho alojamiento.
Además, tenga en cuenta que, tiene derecho a una indemnización. Excepto si la cancelación se debe a causas vinculadas con fenómenos meteorológicos extremos, catástrofes naturales graves, crisis graves de salud pública, robo de cable o sabotaje, entre otros.
A la hora de reclamar, lo correcto es empezar siempre por la empresa ferroviaria (Renfe, Avlo, Ouigo, Iryo o Alsa. etc.). Si la compañía no le da respuesta o no es satisfactoria, puede poner una reclamación en las Juntas Arbitrales del Transporte o la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid.
Si decide ir vía judicial, recuerde que la Ley Orgánica 1/2025 establece la obligación de las partes de someterse a métodos alternativos de resolución de conflictos antes de interponer una demanda en el ámbito civil y mercantil.
Para más información consulte la normativa.
Me han reparado un electrodoméstico que estaba en garantía, pero ¿puedo reclamar además una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados?
Podría, si ha sufrido daños de manera efectiva y puede probarlo, pero habría que reclamarlos vía judicial. La garantía le da derecho a que el electrodoméstico se repare o sustituya sin coste, asumiendo el vendedor los gastos necesarios para dejarlo conforme (mano de obra, materiales, transporte, etc.).
Pero si por el fallo de dicho electrodoméstico ha sufrido daños adicionales (por ejemplo, daños en otros bienes, gastos extra como limpieza, extracción, desplazamientos, alquiler de sustitución, o incluso daños personales), podrá reclamar daños y perjuicios, pero para ello es mejor acudir a la vía judicial.
La garantía no cubre daños y perjuicios colaterales por tanto, deberá solicitarlo vía judicial, acreditando tanto el daño como su relación con la avería (facturas, fotos, informes, etc.).
He pedido al camarero del restaurante que me prepare las sobras de la comida para llevar. ¿Puede cobrarme el envase?
No, pedir que preparen para llevar los restos de comida no consumida en un establecimiento hostelero no implica un coste adicional. Además, los responsables del negocio están obligados a comunicar a sus clientes, de forma clara y visible, preferentemente en la carta o en el menú, la posibilidad de preparar para llevar las sobras de su consumición, tal y como recoge la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, en su artículo 8.
Los envases ofrecidos por el establecimiento deben ser aptos para el uso alimentario, reutilizables, o fácilmente reciclables.
Estarán excluidos de la obligación de preparar sobras para llevar aquellos restaurantes de modalidad de bufé libre, donde la disponibilidad de comida no está limitada.
He apuntado a mi hijo a un campamento de verano y las actividades que están haciendo no coinciden con las que ofertaban ¿Qué puedo hacer?
Lo primero que debe hacer es presentar una reclamación a la empresa organizadora del campamento, comentando la situación y pidiendo una respuesta al respecto.
Si no le responden o la respuesta que le dan no es satisfactoria, puede presentar su reclamación a organismos oficiales. Para ello debe tener en cuenta:
Si el campamento lo organiza una empresa privada, puede reclamar ante la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios.
Si es un campamento público organizado por un Ayuntamiento o por la Comunidad de Madrid, aunque esté organizado por una empresa privada, deberá presentar su reclamación en el Ayuntamiento o en la Comunidad de Madrid, que se encargará de enviarla al órgano competente para su tramitación.
No olvide aportar toda la documentación que tenga sobre la oferta, folletos, publicidad, información a través de la página web, factura de pago y cualquier documentación que pueda ayudar a aclarar los hechos.
He dejado el coche en el taller para una revisión antes de las vacaciones y no me lo tienen a tiempo. ¿Qué puedo hacer?
Siempre que deje el coche en el taller deben consignarle en el Resguardo de depósito o en el presupuesto, la fecha prevista de entrega del vehículo ya reparado. Si no cumplen con la fecha de entrega y usted necesita el vehículo para la fecha consignada, puede pedir al taller un vehículo de sustitución, pero sepa que no están obligados a proporcionárselo, por lo que antes de dejar su vehículo pida por escrito las condiciones de reparación y valore si entre las condiciones que le ofrecen está la posibilidad del coche de sustitución, si le cobran por elaborar presupuesto y si le incluyen en el presupuesto la fecha de entrega del vehículo reparado.
Para consultar más información sobre los talleres de reparación de vehículos, consulte el siguiente enlace
He realizado un viaje en avión y la compañía ha perdido mi maleta. ¿Qué indemnización me corresponde?
El límite máximo de las indemnizaciones que fija la responsabilidad de la compañía por destrucción, pérdida, avería o retraso se limita a 1.519 derechos especiales de giro (D.E.G.) por pasajero.
El Derecho Especial de Giro (D.E.G) es una unidad definida por el Fondo Monetario Internacional (FMI) cuyo valor es la combinación de cinco monedas internacionales: el euro, la libra, el dólar y el yen japonés y el renminbi chino.
Para exigir estas reclamaciones tiene que presentar una reclamación a la compañía aérea solicitando una indemnización. Hay unos plazos para ello, por eso una vez pasados 21 días se considerará perdida su maleta y aunque no hay un plazo límite para reclamar, es conveniente hacerlo cuanto antes.
Existe la posibilidad de hacer una declaración del equipaje que factura. En ese caso, deberá pagar una tarifa suplementaria. En el mostrador de facturación, el personal de la compañía procederá a las comprobaciones y valoraciones correspondientes.
También puede tener en cuenta que si tiene un seguro de viaje, puede que cubra también la pérdida o deterioro de equipaje, compruebe las condiciones de su seguro. Estas compensaciones serán independientes de las que tenga que pagar la compañía.
Recuerde que siempre puede acudir a los tribunales.
Para más información, consulte el siguiente reportaje sobre maletas perdidas en el aeropuerto.
¿Qué es un Derecho Especial de Giro?
Los Derechos Especiales de Giro (DEG) son un activo de reserva internacional que se usa en el comercio internacional. Los DEG no son una moneda en sí mismo, sino una unidad de cuenta que se basa en una cesta de cinco monedas: el dólar de EE.UU., el euro, el renminbi chino, el yen japonés y la libra esterlina. Su valor, por lo tanto es variable. En 2025, el cambio aproximado de un DEG equivale a 1,23 euros.
Además de en el comercio internacional, se usa también en otros sistemas que afectan al consumidor, como el transporte aéreo o marítimo, donde se utiliza para calcular indemnizaciones por pérdida o daños en el equipaje.
Así, en el transporte aéreo, las indemnizaciones las calcula la propia compañía aérea y tienen un límite marcado por normas internacionales en el Convenio de Montreal de 1.519 DEG por pasajero por destrucción, pérdida, avería o retraso en el transporte de equipaje, a menos que el pasajero haya hecho al transportista, al entregarle el equipaje facturado, una declaración especial del valor de la entrega.
En el caso del daño causado en caso de muerte o de lesión corporal se podrá establecer una indmnización de 151.880 derechos especiales de giro.
Puede consultar en la web del Fondo Monetario Internacional para obtener más información sobre los Derechos Especiales de Giro.

