El Pleno del Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil está integrado por los siguientes miembros:
a) En el ámbito social:
- El titular de la dirección general con competencias en atención a personas con discapacidad y en atención temprana.
- El titular de la dirección general con competencias en dependencia.
- El titular de la dirección general con competencias en atención a la infancia.
b) En el ámbito sanitario:
- El titular de la dirección general con competencias en materia de asistencia sanitaria, tanto en atención primaria como en atención en hospitales.
- El titular de la dirección general con competencias en atención al paciente.
- El titular de la dirección general con competencias en coordinación sociosanitaria.
c) En el ámbito educativo:
- El titular de la dirección general con competencias en educación infantil y primaria.
- Otro representante de la consejería competente en materia de educación con rango de director general a propuesta del titular de la consejería competente en materia de educación.
d) Tres personas de las entidades más representativas de los colectivos de personas con discapacidad a propuesta del Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid (CERMI Comunidad de Madrid).
La presidencia del Pleno será ejercida por el titular de la dirección general con competencias en materia de atención temprana.
El Pleno estará asistido por un secretario, que será un funcionario de la consejería competente en materia de servicios sociales, designado por el presidente.
Corresponden al Pleno del CRECOVI las siguientes funciones en materia de atención temprana:
a) Aprobar la designación de los miembros de la Comisión Técnica.
b) Aprobar el Protocolo de Coordinación de Atención Temprana y sus actualizaciones a propuesta de la Comisión Técnica.
c) Promover y elevar la propuesta de las líneas estratégicas de acción para su aprobación por las consejerías competentes en atención temprana y, en su caso, por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
d) Aprobar la programación anual con expresión de los objetivos comunes de todos los sistemas implicados en la prestación de la atención temprana.
e) Promover la consecución de una adecuada coordinación entre los distintos órganos implicados.
f) Recabar información sobre los programas y actuaciones desarrollados por cualquier departamento de la Administración de la Comunidad de Madrid en materia de atención temprana.
g) Promover investigaciones y estudios que permitan conocer la prevalencia de discapacidades y etiologías.
La Comisión Técnica de Atención Temprana estará formada por los siguientes miembros:
a) Cuatro personas en representación de la consejería competente en materia de servicios sociales, una de las cuales será el titular del órgano con competencias en materia de atención temprana, que actuará como presidente.
b) Tres personas en representación de la consejería competente en materia de educación.
c) Cuatro personas en representación de la consejería competente en materia de sanidad.
Los miembros de la Comisión Técnica serán propuestos por los titulares de las consejerías y su designación será aprobada por el Pleno.
El secretario del Pleno actuará como secretario de la Comisión Técnica de Atención Temprana.
Corresponden a la Comisión Técnica de Atención Temprana las siguientes funciones:
a) Revisar anualmente y elaborar la propuesta de actualización, en su caso, del Protocolo de coordinación de atención temprana, que respetará en todo caso la normativa vigente en esta materia, y se elevará al Pleno para su aprobación.
b) Elaborar las líneas estratégicas de acción, para su remisión al Pleno.
c) Elaborar la programación anual teniendo en cuenta la información recibida de los distintos organismos implicados.
d) Evaluar los programas y actuaciones desarrollados a fin de informar al Pleno de su resultado y del cumplimiento de los objetivos marcados, realizando las propuestas de mejora que considere necesario efectuar.
e) Efectuar análisis de los recursos e intervenciones y elaborar informes y estudios que servirán para coordinar la prestación homogénea del servicio en toda la Comunidad de Madrid.
f) Recoger sugerencias y recomendaciones de los profesionales de los centros de tratamientos, así como de las familias para la mejora de la calidad en los servicios.
g) Realizar cuantos informes y propuestas le sean solicitados por el Pleno.
h) Velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Pleno.
i) Proponer al Pleno la realización de investigaciones y estudios que permitan conocer la prevalencia de discapacidades y etiologías.
j) Proponer al Pleno un plan de formación para los profesionales y las familias.