Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
Decreto 217/2023, de 26 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM nº 177 de 27 de julio)
Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 159 de 6 de julio)
Al titular de la dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 le corresponde:
a) Las funciones atribuidas en la Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid, y en especial las determinadas en su artículo 34.
b) La dirección y coordinación de las direcciones generales situadas bajo su dependencia, supervisando su actividad e impartiendo instrucciones a sus titulares.
c) La dirección y coordinación del Grupo Operativo de Emergencia y Respuesta Inmediata de la Comunidad de Madrid (ERICAM).
d) La activación y dirección de los Planes de Protección Civil en los niveles en los que lo tenga atribuido.
e) Cumplir los acuerdos del Consejo de Administración y adoptar las resoluciones precisas para ello.
f) Elevar las propuestas que tengan que ser sometidas a la aprobación y conocimiento del Consejo de Administración.
g) Cualquier otra atribución que le sea delegada por el Consejo de Administración o por el titular de la presidencia, en materia de sus competencias.