Encomiendas de gestión
Encomiendas de gestión
Se trata de un instrumento a través del cual las administraciones públicas pueden encargar de forma temporal a otros órganos o entidades de derecho público, de la misma o distinta administración, la realización de actividades materiales o técnicas, siempre que entre sus competencias estén esas actividades, en aras de una mayor eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño. La encomienda no puede tener por objeto prestaciones propias de los contratos del sector público, ni suponer para la entidad encomendante cesión de su competencia. Están reguladas en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
1 - 10 de 231