Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
c/ Alcalá n 16 - 6ª Planta
La persona titular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior tiene atribuidas las competencias establecidas en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en las restantes disposiciones en vigor, correspondiéndole, en particular, como órgano superior de la Administración de la Comunidad de Madrid, las competencias autonómicas en materia de medio ambiente; biodiversidad; economía circular; descarbonización; energía y transición energética; calidad del aire; evaluación ambiental, sostenibilidad ambiental, agricultura, ganadería, alimentación, desarrollo rural; urbanismo, ordenación del territorio; suelo; asociaciones; espectáculos públicos y actividades recreativas, incluidos los espectáculos taurinos, sin perjuicio de las competencias de otras Consejerías; seguridad; política interior y protección civil; coordinación de policías locales; prevención y extinción de incendios; coordinación de emergencias y ordenación y control del juego, en los términos previstos en el presente decreto. Asi mismo, bajo su dependencia, se organizarán las funciones y servicios del departamento, correspondiéndole la superior inspección interna de los mismos.