Con esta iniciativa normativa se persigue la puesta en marcha de una oficina, de carácter permanente y especializado, encargada de promover la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, que garantice la protección de los derechos de estas personas. La Oficina de Atención a la Discapacidad se establece como el lugar al que dirigirse, mediante consultas, quejas o denuncias, las personas con discapacidad y sus familiares que hayan sido objeto de discriminación o hayan visto vulnerados sus derechos.
Esta ley responde a la necesidad de adecuar el marco normativo madrileño a las nuevas normas internacionales y estatales relativas a esta materia, dotando a la Comunidad de Madrid de un marco jurídico adaptado a las nuevas necesidades y riesgos de la infancia y adolescencia.
El objetivo principal es actualizar y adecuar la normativa autonómica madrileña en materia de servicios sociales a un contexto social y económico, de necesidades y servicios, que ha variado de manera sustancial desde la aprobación de la vigente Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
Al mismo tiempo, se pretende su alineación con los principios contenidos en el Pilar Europeo de Derechos Sociales y con las reformas aprobadas a nivel nacional, que regulan diversos ámbitos de la acción de los servicios sociales.
Se somete a consulta pública proyecto de Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvención destinada a contribuir al desarrollo del Programa “Navidad en Compañía”, incluido en el conjunto de actuaciones contra la Soledad No Deseada en las personas mayores, con el fin de ofrecer a las personas mayores que viven en situación de soledad no deseada la oportunidad de pasar los días de Nochebuena, Navidad, Nochevieja, Año Nuevo y Reyes en centros r
Orden de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general dirigidos a la población vulnerable y a la atención de otros fines de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid y al 0,7 por ciento del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Las ayudas al acogimiento han tenido tradicionalmente el carácter de política social, razón que legitimaba el que se ofertasen a través de convocatoria anual de subvención.
La Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia modifica la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, introduce un cambio cualitativo en el régimen de las ayudas al acogimiento familiar, deviniendo éstas en un derecho subjetivo atribuido a los acogedores por el hecho mismo del acogimiento.
Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos de innovación social, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En la situación actual, se hace imprescindible promover la innovación y las nuevas tecnologías en los servicios sociales, con objeto de mejorar la calidad de la atención, contar con sistemas de información adecuados, identificar las necesidades de atención, y reforzar la formación de los profesionales y de los cuidadores no profesionales.
Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a desarrollar actuaciones de inversión y de adquisición de equipamiento técnico y tecnológico de los centros de servicios sociales y de las entidades del tercer sector, con cargo al plan de recuperación, transformación y resiliencia de la administración general del estado.