La Orden tiene por objeto regular los contenidos, requisitos, modalidades, duración, planificación, sistemas de evaluación, formación práctica y requisitos del alumnado, así como la expedición de diplomas de los cursos a impartir por las escuelas de tiempo libre reconocidas en la Comunidad de Madrid, dirigidos a la obtención de los siguientes diplomas oficiales:
a) Monitor de tiempo libre.
b) Coordinador en actividades de tiempo libre.
c) Educador especializado en infancia y juventud en dificultad social.
La orden tiene como objeto la regulación del procedimiento de acceso a los comedores sociales de la Comunidad de Madrid, los derechos y deberes de los usuarios, las reservas de plaza por emergencia social y las renovaciones de las plazas.
El objetivo de esta Orden es incluir modificaciones en las bases reguladoras vigentes para mejorar las condiciones que han de reunir los proyectos a subvencionar, adaptar los requisitos y obligaciones que han de cumplir los posibles beneficiarios a la realidad vigente y fijar las condiciones en las que la Dirección General de Juventud quiere que estos proyectos se presten de manera óptima y con las garantías necesarias.