Resolución número 458/2019
Desestimación. Faltan certificados de suministros similares con código CPV correspondiente. Estimación del motivo sobre la solvencia económica. Interpretación "literalista" y no finalista de la misma.
Desestimación. Faltan certificados de suministros similares con código CPV correspondiente. Estimación del motivo sobre la solvencia económica. Interpretación "literalista" y no finalista de la misma.
Estimación de recurso contra pliegos de contrato de suministro de arrendamiento de control antiplagio. Criterio de solvencia técnica no justificado en expediente. Excepcionalidad de hacer referencia a un fabricante, en su caso, acompañada de la mención “o equivalente”. Artículos 89 y 126 de la LCSP
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de suministro de aparataje médico. La oferta de la adjudicataria cumple las prescripciones del Pliego.
Desestimación de recurso por exclusión de la oferta de la recurrente en un contrato de suministros médicos. La oferta no cumple los mínimos exigidos en el PPT. Discrecionalidad técnica del órgano de contratacion en la valoración del cumplimiento.
Inadmisión por la cuantía. Multa por temeridad, no siendo la primera vez que interpone recurso no cabiendo.
Inadmisión de dos recursos contra la exclusión de un contrato de suministro de fondos bibliográficos por insuficiente cuantía.
Estimación parcial de recurso contra criterio de adjudicación cualitativa del lote 4 PCAP contrato de suministro medicamento biosimilar. Se desestima la no vinculación del criterio al objeto y la duplicidad de criterio. Discrecionalidad técnica del órgano de contratación. Se estima la desproporción de la ponderación dada al criterio por vulnerar lo dispuesto en los artículos 1, 132.1 y 145.5.b) y c) de la LCSP.
Desestimación recurso especial por extemporáneo.
Desestimación recurso especial. El adjudicatario cumple las prescripciones técnicas de los Pliegos. Introducción en sobre nº 1 criterios sometidos a fórmulas, no afecta a la objetividad de la valoración por el órgano de contratación al no existir criterios sometidos a juicio de valor.
Inadmisión recurso contra propuesta de Mesa de Contratación, por no ser un acto recurrible