Resolución número 132/2012
Contrato de suministro. La exigencia de compatibilidad con el sistema informático instalado en el laboratorio es admisible si se facilita la información para ofertar productos compatibles. La referencia a una tecnología para definir una prescripción técnica es nula. corresponde al órgano de contratación la definición de las necesidades a satisfacer y concretar los medios para satisfacerlas si no se vulnera el principio de libre concurrencia. Posibilidad de admitir ofertas variantes que oferten descuentos en función del volumen de compras.
