Resolución número 032/2017
Inadmisión de recurso contra adjudicación de un contrato de suministro por extemporáneo al haberse interpuesto ante el TACRC. Cambio de criterio del Tribunal motivado por la implantación de la tramitación electrónica. (d)
Inadmisión de recurso contra adjudicación de un contrato de suministro por extemporáneo al haberse interpuesto ante el TACRC. Cambio de criterio del Tribunal motivado por la implantación de la tramitación electrónica. (d)
Estimación de recurso contra la resolución de corrección de errores de los pliegos de un contrato de suministro al no tratarse de una corrección material, sino de una modficación de un requisito técnico que exige someterse a la misma publicidad que tuviera en la convocatoria inicial.
Aceptación de desistimiento de recurso contra adjudicación de contrato de suministro.
Estimación parcial de recurso contra la exclusión en un contrato de suministro de de reactivos. El producto ofertado por la recurrente no cumple una de las prescripciones técnicas del PPT. Exclusión correcta. No obstante se comprueba que la oferta de la adjudicataria tampoco cumple por lo que debe ser igualmente excluida de la licitación del lote.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de suministro al cumplir la oferta adjudicaria las prescripciones técnicas. La presentación del mismo artículo a dos lotes no es motivo para su exclusión si cumple con los requisitos de cada lote. Posibilidad de ofertar el mismo artículo a distintos precios en cada lote.
Desestimación de recurso contra pliego de contratos de suministros médicos al respetar el establecimiento de los criterios de valoración los principios de igualdad y concurrencia.
Desestimación de un recurso contra los Pliegos de un Acuerdo marco de suministro de gases medicinales. Solvencia adecuada pues se trata de un acuerdo marco. División en lotes correcta. Debe asegurarse el suministro a todos los hospitales lo que motiva la agrupación.
Inadmisión de recurso que se formula contra la exclusión en un contrato de suministro no armonizado por incompetencia del Tribunal.
Estimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de suministro con un solo lote con 21 números de orden. Falta de motivación de la agrupación en un solo lote reconocida por el Hospital. La Directiva 2014/24 establece que la división del objeto de los contratos en lotes constituye la regla general, de manera que hay que justificar la decisión de no hacerlo.
Inadmisión de recurso contra la exclusión de un contrato de suministro por falta de representación del firmante del recurso. Ni el poder aportado junto al recurso ni el incorporado en periodo de subsanación incluye la facultad de interponer recursos.