Resolución número 356/2021
Desestimación del recurso. La oferta no consta presentada en la plataforma de contratación. El error es imputable al recurrente. La plataforma funcionaba correctamente.
Desestimación del recurso. La oferta no consta presentada en la plataforma de contratación. El error es imputable al recurrente. La plataforma funcionaba correctamente.
Inadmisión de recurso contra propuesta de adjudicación de contrato de servicios. Los informes técnicos de valoración y la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no son actos recurribles conforme a lo dispuesto en los artículos 44.2 y 55.c) de la LCSP.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. La presentación ante el Tribunal se ha efectuado fuera del plazo de 15 días hábiles establecidos para su interposición en el artículo 50 de la LCSP por lo que se inadmite por extemporáneo conforme a lo dispuesto en el art. 55.d) LCSP. Asimismo concurre falta de legitimación activa de la recurrente.
Inadmisión del recurso. Acto de trámite no cualificado. La aceptación del órgano de contratación de la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación es la prevista en el artículo 150.2 de la LCSP, efectuada a los efectos de requerir al licitador la documentación correspondiente.
Desestimación recurso contra adjudicación por baja desproporcionada.
Terminación procedimiento por renuncia del adjudicatario. Solvencia técnica: certificados calificados de falsos por el recurrente.
Desestimación: No cumple prescripciones técnicas.
Recurso especial contra la adjudicación de contrato. Adjudicatario en baja temeraria. Justificación insuficiente de la oferta por baja muy elevada. Informe del órgano de contratación insuficientemente justificado. Estimación del recurso.
Inadmisión recurso especial. Recurre contra la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación. Acto no susceptible de recurso especial. Artículo 44.2.b) LCSP.
Desestimación de recurso contra adjudicación de lote de contrato de servicios. La documentación incluida en el sobre 2 se corresponde con criterio evaluable mediante juicio de valor diferenciada de la recogida en el sobre de valoración mediante fórmulas. Discrecionalidad técnica, no se aprecian errores en la valoración de criterios sujetos a juicios de valor. La formalización de un contrato de acceso a la red postal de Correos habilita para su utilización pero no a la ponderación de los medios personales y materiales de la empresa pública como propios de la licitadora.