Resolución número 296/2022
Inadmisión por aplicación de cosa juzgada y por falta de legitimación del recurrente pues ya se desestimó su exclusión en recurso anterior.
Inadmisión por aplicación de cosa juzgada y por falta de legitimación del recurrente pues ya se desestimó su exclusión en recurso anterior.
Inadmisión. Falta legitimación miembro UTE por su cuenta. La prórroga no es un acto recurrible.
Inadmisión por falta de legitimación, al ser el quinto clasificado. El acto impugnado tampoco es recurrible.
Inadmisión de recurso especial al no haber acreditado el poder de representación para interponer el recurso.
Inadmisión por falta de legitimación del recurrente.
Inadmisión del recurso por haber presentado la oferta con anterioridad a su interposición.
El error a la hora de confeccionar el DEUC es subsanable. La falta de presentación de este documento por aquellas empresas que cederán sus medios a la licitadora, también se considera subsanable. Corresponde a la mesa de contratación verificar estos defectos y solicitar su corrección.
Inadmisión del recurso por falta de legitimación. Clasificado en quinto lugar no realiza alegaciones respecto de los cuatro primeros clasificados.
Inadmisión de recurso por no acreditar el poder de representación para la presentación del recurso.
Inadmisión del recurso. Falta de acreditación para interponer el recurso.