Resolución número 046/2014
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios al ser correcta la valoración del criterio precio efectuada por el órgano de contratación.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios al ser correcta la valoración del criterio precio efectuada por el órgano de contratación.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios al no resultar justificada la viabilidad de la oferta incursa en temeridad.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de suministro no sujeto a regulación armonizada convocado por poder adjudicador del art. 3.3.b) del TRLCSP.
Estimación parcial de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. Falta de motivación inexistente en relación con la justificación de la viabilidad de la oferta. Denegación de acceso al expediente por confidencialidad no ajustada a Derecho por falta de declaración motivada del órgano de contratación.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios al no resultar justificada la viabilidad de la oferta incursa en temeridad.
Estimación parcial de reclamación contra adjudicación de contrato de servicios convocado por Canal de Isabel II Gestión. Improcedencia de tramitación de procedimiento contradictorio para justificar la viabilidad de ofertas al no establecer el PCAP parámetros para considerar las ofertas incursas en presunción de temeridad. Falta de motivación del resultado de la adjudicación. La resolución del procedimiento de adjudicación transcurrido el plazo de 3 meses previsto en la ley sólo lleva consigo la consecuencia de la posibilidad de retirada de la oferta. (d)
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de suministros sobre el que ya se había pronunciado el Tribunal, apreciando la falta de solvencia de la recurrente.
Desestimación de recurso contra exclusión de contrato de gestión de servicios públicos por falta de solvencia del recurrente.
Inadmisión de recurso contra exclusión de la oferta de contrato de servicios por extemporáneo.
Desestimación de recurso extraordinario de revisión al no concurrir causa del art. 118 LRJ-PAC.