Resolución número 282/2020
Estimación de recurso contra la exclusión del primer clasificado por no subsanar la documentación prevista en el art.150 en plazo, dentro de un contrato de servicios. El licitador pretende subsanar mediante la PCSP, pero este instrumento presenta graves dificultades para el envío de subsanaciones cuando se trata de empresas en compromiso de UTE, haciendo imposible su envío. El licitador informa por correo electrónico al órgano de contratación y envía el documento requerido por esta vía. La mesa de contratación le excluye por no haber presentado en forma la documentación.