Resolución 439/2026
El Tribunal reitera que la solvencia técnica y los criterios de adjudicación son fases distintas de la licitación y responden a finalidades diferentes. La solvencia sirve para acreditar la aptitud del licitador para ejecutar el contrato, mientras que los criterios de adjudicación deben identificar cuál es la mejor oferta. Por ello, no puede valorarse como criterio de adjudicación aquello que ya ha sido exigido o considerado como requisito de solvencia.
