Resolución número 511/2025
PRESCRIPCIONES TECNICAS: El recurrente pretende demostrar que la oferta de la adjudicataria no cumple con las prescripciones técnicas ni con la acreditación de la solvencia en su oferta. Se desestima imponiendo multa.
PRESCRIPCIONES TECNICAS: El recurrente pretende demostrar que la oferta de la adjudicataria no cumple con las prescripciones técnicas ni con la acreditación de la solvencia en su oferta. Se desestima imponiendo multa.
Se deniega a la recurrente el acceso al expediente de contratación por no haber sido solicitado previamente ante el órgano de contratación (artículo 52 LCSP). Discrecionalidad técnica del órgano de contratación al aceptar la oferta incursa inicialmente en presunción de temeridad y determinar que los suministros ofertados cumplen con las prescripciones técnicas en base a los informes técnicos emitidos.
LEGITIMACIÓN. Inadmisión del recurso por falta de legitimación. La oferta de la recurrente está clasificada en cuatro lugar. Sin embargo, sus pretensiones van dirigidas contra las ofertas clasificadas en primer y segundo lugar, de tal forma que aun en el supuesto de que se estimasen sus alegaciones en ningún supuesto se convertiría en adjudicataria del contrato. La ausencia de obtención de un beneficio cierto conlleva la falta de legitimación.
IMPUGNACIÓN PLIEGOS. Recurso contra los pliegos por considerar que el PBL está incorrectamente calculado. Desestimación. No queda acreditado por la recurrente la insuficiencia presupuestaria planteada. Doctrina del Tribunal.
Prescripciones técnicas. La UAM solicita al primer clasificado las claves para comprobar las funcionalidades de la plataforma digital que se va a adquirir. El licitador ofrece una demostración por parte de sus técnicos. El organo de contratación considera que la negativa le impide comprobar si cumple con las prescripciones técnicas y en consecuencia excluye la oferta presentada. Se estima el recurso al no constar en los pliegos de condiciones la entrega de dichas claves.
LEGITIMACIÓN. Inadmisión de recurso contra pliegos interpuesto por un recurrente no licitador que impugna un criterio de adjudicación que no le impide presentar oferta en condiciones de igualdad.
Inadmisión. Actos no recurribles. El recurso se ha interpuesto contra la propuesta de rechazo de la oferta, efectuada por la Mesa de contratación, que, al asumir el informe técnico emitido, considera que no se ha justificado la viabilidad de la oferta incursa en un supuesto de baja desproporcionada. Ni el acuerdo de la mesa, ni evidentemente el informe en sí, son ninguno de los actos recurribles, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44.2 b) de la LCSP.
Solvencia. Adscripción de medios materiales. Contrato cuyo objeto es la expedición de títulos universitarios, recoge en el PCAP que se entendera por trabajos similares. Por la especificidad del objeto del contrato y la constancia en el PCAP se considera válida la cláusula. Aportacion de camara acorazada. Principio de competencia de la administración para determinar sus necesidades que estan justificadas en el expediente.
Deuc. Acreditación de la solvencia. Medios externos. Estimación de recurso contra adjudicación, pues el adjudicatario acredita su solvencia integrando la suya con terceros, cuando no lo había declarado en su DEUC, lo que supone una modificación de su oferta.
Legitimacion del no licitador. Contenido de los pliegos. La exigencia de un determinado software no supone discriminacion entre licitadores.