Resolución número 103/2024
Estimación parcial. La adjudicataria del Lote 2 incumple las prescripciones técnicas.
Estimación parcial. La adjudicataria del Lote 2 incumple las prescripciones técnicas.
Desestimación de recurso interpuesto contra pliegos por entender que los requisitos técnicos sólo puede cumplirlos un licitador, vulnerando la competencia. No se aprecia dicha vulneración, se han presentado 6 licitadores y no se ha cumplido la obligación de carga de la prueba que pesa sobre recurrente. Necesidades del órgano contratación y prescripciones técnicas justificadas en expediente..
La exclusión de la recurrente es conforme a derecho pues no ofrece ninguna duda el incumplimiento de las prescripciones técnica y no se puede acoger su pretensión de entender por no puesto ese criterio. Acordada su exclusión no está legitimada para impugnar la adjudicación pues ante una estimación de sus pretensiones no obtendría ningún beneficio cierto.
El recurrente es excluido del procedimiento de licitación por incumplimiento de prescripciones técnicas. Revisado el expediente de contratación se comprueba que no existe tal incumplimiento. Se estima el recurso.
Recurso contra la adjudicación del contrato por error en la oferta del adjudicatario. Estimación. El anexo de la oferta económica no incluye el desglose de los distintos componentes y referencias que integran el sistema así como el precio unitario. Improcedencia de la subsanación concedida. Modificación de la oferta
Inadmisión por extemporáneo.
Recurso contra exclusión de licitador por no haber presentado las muestras exigidas en pliegos. Desestimación. El plazo y lugar de presentación se realizó conforme lo previsto en los pliegos, que son ley del contrato. Aplicación artículo 139.1 de LCSP.
Se estima parcialmente el recurso por no cumplir la adjudicataria con determinados criterios de adjudicación.
Se estima el recurso por no cumplir la adjudicataria con determinados criterios de adjudicación.
Estimación. Impugnación de los criterios de adjudicación por su falta de relación con el objeto del contrato, y no constituir una unidad funcional con el suministro, ser mejoras y no calificadas como tal. En el expediente no consta la justificación de los criterios de adjudicación. Se anula para que lo hagan.