Resolución número 256/2021
Inadmisión por falta de legitimación y acto no susceptible de recurso.
Inadmisión por falta de legitimación y acto no susceptible de recurso.
Desestimación de recurso contra la pretendida exclusión de la oferta de la primera clasificada por entender que en el archivo ha incluido datos que revelan la oferta económica. Alteración del orden de conocimiento de la oferta, contaminación de criterio. Se desestima al comprobarse que la información facilitada no pone en riesgo el secreto de la oferta económica.
Desestimación del recurso. Equivalencia de certificados. Es conforme a derecho valerse de medios ajenos para integrar la solvencia exigida, incluidos los correspondientes certificados de calidad.
Recurso contra la exclusión de licitador por incluir en el sobre 1 de documentación administrativa la oferta económica que debería incluirse en el sobre 2. Estimación del recurso. Al no existir criterios sujetos a juicio de valor, siendo el único criterio el precio no puede darse contaminación en el órgano valorador de la oferta. Criterio antiformalista respecto al secreto de las proposiciones.
Desestimación del recurso. El procedimiento de justificación de la oferta anormalmente baja se ajusta a lo establecido en el artículo 149 de la LCSP. No queja justificada la viabilidad de la oferta.
Desestimación del recurso. El procedimiento de justificación de la oferta anormalmente baja se ajusta a lo establecido en el artículo 149 de la LCSP. No existe una queja justificada de la viabilidad de la oferta.
Desestimación del recurso contra la adjudicación. Subsanación en el trámite de adjudicación.
Inadmisión de recurso especial que fue presentado ante el registro del TACRC en último día del plazo, siendo remitido al día siguiente al registro de este Tribunal. No realizó comunicación alguna sobre la presentación del recurso en el registro de órganos previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común. Recurso extemporáneo.
Desestimación de recurso especial contra los Pliegos por no justificar la exigencia de garantía provisional a los licitadores. Consta en el expediente informe justificativo al respecto, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 106 de la LCSP.
Desestimación de recurso especial contra los Pliegos por no justificar la exigencia de garantía provisional a los licitadores. Consta en el expediente informe justificativo al respecto, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 106 de la LCSP.