Resolución número 586/2021
Inadmisión recurso especial contra adjudicación de contrato en base a que su valor estimado es inferior a 100.0000 euros.
Inadmisión recurso especial contra adjudicación de contrato en base a que su valor estimado es inferior a 100.0000 euros.
Se impugnan los pliegos. El objeto del recurso versa sobre un criterio de adjudicación evaluable de forma automática por aplicación de fórmulas. Revisado el expediente se comprueba que dicho criterio está justificado y que no resulta desproporcionada la puntuación que se le otorga, no limitando la concurrencia.
Desestimación. El Colegio de Abogados no tiene competencia exclusiva sobre un servicio de orientación jurídica a la mujer. Su competencia es sobre los servicios de orientación jurídica para el ejercicio del derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Estimación recurso especial contra exclusión del licitador por estar firmado un anexo por representante distinto del que consta en el DEUC. Criterio antiformalista. En el propio anexo consta también la firma electrónica del representante que figura en el DEUC.
Desestimación recurso especial contra exclusión de licitador. Concesión de periodo de subsanación al no presentar el DEUC. Presentación en formato ilegible en el periodo de subsanación. No se admite la subsanación de la subsanación.
Desestimación recurso especial contra exclusión del procedimiento de licitación. No presentación de DEUC. Concesión de plazo de subsanación. Incorrecta presentación en dicho plazo. No admisión de subsanación de la subsanación.
Estimación de recurso especial contra adjudicación de contrato basado de un acuerdo marco. Indebida valoración de los criterios no sujetos a juicio de valor. Exigencia de documentación no prevista en el PCAP.
Desestimación del recurso. El informe técnico del órgano de contratación sobre la viabilidad de la oferta se encuentra debidamente motivado y dentro del ámbito de discrecionalidad técnica que le es dada, considerando razonable por este Tribunal.
Recurso contra la adjudicación de un contrato basado de un acuerdo marco. Estimación. Incorrecta valoración de los criterios sujetos a cifras o porcentajes. Apreciación subjetiva del órgano de contratación en contra de la previsión de los pliegos.
Se desestima el recurso. El requerimiento de subsanación de defectos y omisiones apreciados por la mesa de contratación se realiza de conformidad con lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares