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Resolución 430/2026

Número de Resolución: 
430/2026
Fecha: 
Jueves, 3 Septiembre, 2026

LICITACION ELECTRONICA. Ante una incidencia técnica, los licitadores presentaron varias veces su oferta. La mesa de contratación requirio a cada uno de ellos para que determinaran cual era el registro correcto. Determinado por la recurrente, se comprobo que la oferta economica no habia incluido el precio unitario de cada uno de los artículos. No siendo posible subsanar la oferta economica se exccluye de la licitación. 

Resolución 426/2026

Número de Resolución: 
426/2026
Fecha: 
Jueves, 3 Septiembre, 2026

INADMISION ACTO NO RECURRIBLE. Se recurre la propuesta deexclusion de la oferta de la recurrente por no haber demostrado su viabilidad, acordada por la Mesa de Contratación. Acto no recurrible, pues la mesa de contratación solo propone y el órgano de contratación acuerda. Interesante mención a la determinacion del umbral de temeridad cuando concurren empresas del mismo grupo

Resolución 366/2026

Número de Resolución: 
366/2026
Fecha: 
Viernes, 10 Julio, 2026

INCUMPLIMIENTO PPT. COSA JUZGADA. Desestimación de recurso contra adjudicación. Se rechaza la inadmisión total del recurso por cosa juzgada, pero el enjuiciamiento se limita a verificar si se acredita, tras la nulidad de la adjudicación anterior y la retroacción de actuaciones, el cumplimiento del PPT. Discrecionalidad técnica de la Administración,

Resolución 181/2026

Número de Resolución: 
181/2026
Fecha: 
Jueves, 9 Abril, 2026

OFERTAS ANORMALES: El órgano de contratación inadmite una oferta sin la tramitacion del procedimiento recogido en el art. 149 LCSP, por sobrepasar la baja de la oferta economica el 25% del PBL, basándose en que asi figura en el PCAP.  En realidad el PCAP recoge en su cláusula 13 los requisitos exigidos para considerar una oferta anormal y que los refiere a eses porcentaje señalado y que se recoge en el apartado f del Anexo I al PCAP. Se estima el recurso anulando la adjudicación y retrotratendo actuaciones a fin de tramitar el procedimiento establecido en el art. 149

Resolución 319/2026

Número de Resolución: 
319/2026
Fecha: 
Viernes, 26 Junio, 2026

ACREDITACION DE SOLVENCIA. El licitador confunde la acreditación de medios, la solvencia y los criterios de adjudicación, considerando que su oferta esta mal valorada. Se considera que es licitador no esta legitimado, pues auqnue sus pretensiones se aceptaran no lograria beneficio alguno.

Resolución 255/2026

Número de Resolución: 
255/2026
Fecha: 
Jueves, 28 Mayo, 2026

PRESCRIPCIONES TECNICAS: El recurrente considera que la adjudicataria con su oferta no ha cumplido con los requisitos técnicos exigidos, sobre todo con determinados certificados. En plazo de subsanacion de documentación, aporta los certificados correctos. No existe modificación de la oferta. Se desestima el recurso.

Resolución 157/2026

Número de Resolución: 
157/2026
Fecha: 
Jueves, 9 Abril, 2026

CUMPLIMIENTO PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. El PPT exige la presentación  del certicado Oeco-Tex Estándar 100 respecto del calzado ofertado. Asimismo, el pliego prevé la posibilidad de subsanar la falta de presentación de dichos certificados. Se estima el recurso anulando la adjudicación y ordenando la retroacción a los efectos de que se le conceda un plazo para presentar dicho certificado.

Resolución 494/2025

Número de Resolución: 
494/2025
Fecha: 
Miércoles, 19 Noviembre, 2025

Prescripciones Técnicas. Muestras. el motivo de exclusión de la oferta de la recurrente se centra en la ausencia de inscripción y escudo  exigidos en el pliego en las prendas presentadas como muestra, cuestión que reconoce la recurrente, que entiende que tales inscripciones no eran necesarias, desestimación, los pliegos como ley del contrato

Resolución 140/2026

Número de Resolución: 
140/2026
Fecha: 
Jueves, 19 Marzo, 2026

VALORACIÓN CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. La valoración de las ofertas se ha realizado conforme a lo estipulado en el PCAP. La recurrente ahora pretende que se solice a los licitadores muestras de los productos ofertados, para valorar las mismas, cuando los pliegos solo lo exigen respecto del adjudicatario del contrato. Los pliegos son la ley del contrato. Se desestima el recurso.

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