Resolución número 112/2016
Estimación del recurso. La entidad contratante, Mercamadrid, es poder adjudicador. Se aplica el TRLCSP. Nulidad del procedimiento.
Estimación del recurso. La entidad contratante, Mercamadrid, es poder adjudicador. Se aplica el TRLCSP. Nulidad del procedimiento.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios respecto de la pretensión de nulidad de pleno derecho de todo el procedimiento de licitación por falta de publicación de la convocatoria en el DOUE, por falta de legitimación de la recurrente y existencia de abuso de derecho. Estimación de recurso en cuanto a la pretensión de exclusión de la adjudicataria por incumplimiento en su oferta de algunas de las exigencias del PPT.
Inadmisión de recurso contra la adjudicación de un contrato de gestión de residuos y limpieza urbana. El recurso se interpone contra las condiciones de la licitación cuando no se recurrieron en plazo los pliegos y contra la adjudicación también de forma extemporánea.
Estimación de recurso contra pliegos de contrato de servicios por contener la regulación de condiciones laborales en caso de huelga y situaciones extraordinarias, extralimitándose al contenido propio de los pliegos. Posibilidad de anulación de determinadas cláusulas conservando las demás no afectadas por la resolución del recurso.
Desestimación de recurso contra exclusión de la oferta de la recurrente en contrato de servicios por falta de adecuada justificación de la misma incursa en presunción de temeridad. Adecuada apreciación por el órgano de contratación. Falta de motivación inexistente notificación conforme al artículo 84 de la LCSE.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. No cabe hacer valer cuestiones atinentes a los pliegos no recurridos, sin concurrir causa de nulidad de pleno derecho. Adecuada apreciación de la viabilidad de la oferta de la adjudicataria, incursa en presunción de temeridad. Falta de motivación inexistente. Notificación conforme al artículo 84 de la LCSE.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de gestión de servicios públicos por cosa juzgada en cuanto una de las pretensiones. Desestimación de recurso en cuanto a resto de pretensiones al no acreditar incumplimientos en la oferta de la adjudicataria, ni vulneración del orden de apertura de ofertas.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de gestión de servicios públicos por cosa juzgada administrativa, al tratarse de una cuestión ya resuelta por el Tribunal sin que quepa su revisión en vía administrativa. Imposición de multa.
Estimación de recurso interpuesto contra adjudicación de contrato de gestión de servicios públicos por licitadora clasificada en segundo lugar, en cuanto la adjudicataria introdujo en el sobre de criterios subjetivos documentación correspondiente a una mejora valorable mediante fórmula. Inexistencia de oscuridad en los pliegos. No es necesario probar que se ha producido influencia en la valoración como consecuencia del defecto de la oferta, para anular la adjudicación es suficiente con que la misma sea potencialmente posible.
Desestimación de recurso interpuesto contra adjudicación de contrato de gestión de servicios públicos, en cuanto la pretensión es de exclusión de todos los licitadores clasificados antes que la recurrente, al carecer en caso contrario de legitimación activa.