Resolución número 153/2019
Criterios de adjudicación. Acreditación existencia plan de conciliación vida familiar y laboral y plan contra la violencia de género mediante firma de representantes de los trabajadores. Desestimación.
Criterios de adjudicación. Acreditación existencia plan de conciliación vida familiar y laboral y plan contra la violencia de género mediante firma de representantes de los trabajadores. Desestimación.
Desestimación de recurso contra los pliegos de contrato de servicios de limpieza. Subrogación de personal según convenio colectivo de aplicación. Desagregación de costes del presupuesto base de licitación en el PCAP. Presupuestación según objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto.
Desestimación recurso patronal. Alegación deficiencias información personal a subrogar.
Estimación recurso. La documentación del sobre de criterios cualitativos no desvela la presente en el sobre de documentos automáticos o de fórmulas.
Desestimación de un recurso contra la exclusión de una empresa que no acredita el cumplimiento de las obligaciones laborales. El informe del órgano esta suficientemente motivado.
Desestimación de un recurso contra los pliegos de limpieza. Determinación del personal a subrogar. Interpretación artículo 100.2 de la LCSP.
Desestimación recurso pliegos con cláusulas sociales (permisos paternidad, maternidad y otros) (d)
Desestimación. Error en la oferta que licita por un año en vez de dos.
Inadmisión de recurso formulado contra la adjudicación de un contrato y fundamentado sobre otro contrato inexistente. Imposición de multa.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación y exclusión de la empresa en un contrato de servicios de limpieza. Los certificados de las dos normas exigidos en el PCAP y aportados por la recurrente han sido emitidos por una entidad que ha sido acreditada por un organismo de acreditación de un país que no forma parte de la Unión Europea. En consecuencia no procede su aceptación automática en virtud de lo previsto en el aparatado 2 del artículo 94 y deberá aplicarse el 128.