Resolución número 146/2019
Inadmisión recurso especial al ser el valor estimado del contrato de servicios inferior a los 100.000 euros previstos en el artículo 44 1a) de la LCSP.
Inadmisión recurso especial al ser el valor estimado del contrato de servicios inferior a los 100.000 euros previstos en el artículo 44 1a) de la LCSP.
Estimación de recursos acumulados contra exclusión por la Mesa de contratación en un contrato de servicios, por no ajustarse al modelo de oferta incluido en el PCAP, presentando los licitadores el generado por el sistema de licitación electrónica que no admite inclusión de %, y sin posibilitar la aclaración de las ofertas, aplicación de los artículos 1 y 132 de la LCSP, 84 RGLCAP y 1.266 y 1.288 del CC.
Inadmisión por la cuantía de un contrato de suministro. Contrato menor. Multa por reiteración.
Solvencia técnica contrato de servicios. Condición de socio o director.
Recurso extemporáneo.
Desestimación de un recurso interpuesto contra la adjudicación de un servicio de escuela de música. Valoración correcta realizada por la mesa de acuerdo con los Pliegos que no especifican qué extremos se deben detallar en la proposición, ni siquiera que se deba aportar la explicación o documentación que el licitador considere oportuna para la valoración de su oferta.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios al no resultar acreditada inadecuada admisión de la oferta de la adjudicataria. Acceso al expediente y visionado de las grabaciones de las sesiones de la mesa de contratación.
Desestimación de recurso contra los Pliegos de contrato de servicios. Presupuesto suficiente según los cálculos de ingresos y gastos aportados por el Ayuntamiento si bien el margen es escaso para permitir las bajas en la licitación y las mejoras previstas.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de contrato de servicio de formación a una empresa incursa en baja desproporcionada que ha justificado la viabilidad de su oferta al no acreditar la recurrente que el órgano de contratación excediera los límites de la discrecionalidad técnica que le es dada en la apreciación de la viabilidad.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios en el que se hacen valer motivos de anulabilidad del Pliego, por extemporáneo, y por falta de legitimación activa de la recurrente, que como actual adjudicataria del servicio, no puede invocar la falta de información en cuanto a la pretendida baja desproporcionada de la oferta de la recurrente que no concurre según lo establecido en el Pliego.