Resolución número 209/2015
Estimación de recurso contra Pliegos de contrato de suministro por referencia incorrecta del Convenio Colectivo aplicable.
Estimación de recurso contra Pliegos de contrato de suministro por referencia incorrecta del Convenio Colectivo aplicable.
Inadmisión de recurso contra los pliegos de un contrato de servicios de cuantía inferior a 207.000 euros, por incompetencia del Tribunal.
Estimación de recurso contra pliegos de contrato de servicios, que incluyen cláusulas que no permiten el acceso en condiciones de igualdad de forman no justificada. Inclusión de la necesidad de que el local de almacenamiento de la documentación se ubique en la Comunidad de Madrid injustificada.
Estimación de recurso contra pliegos de contrato de servicios, que incluyen cláusulas que no permiten el acceso en condiciones de igualdad de forma no justificada. Inclusión de la necesidad de que el local de almacenamiento de la documentación se ubique en la Comunidad de Madrid injustificada. Capacidad de almacenamiento como requisito exigible al adjudicatario desproporcionada. Definición de las prescripciones técnicas en términos de funcionalidad.
Inadmisión de recurso contra pliegos de contrato de servicios de asistencia jurídica por extemporáneo.
Inadmisión de recurso contra los pliegos de un contrato de servicios para actividades extraescolares. Incompetencia del Tribunal: el valor estimado calculado según el artículo 88 del TRLCSP por el órgano de contratación es correcto pero insuficiente para determinar la competencia del Tribunal.
Estimación de recurso contra pliegos de contrato de servicios de asistencia jurídica por incluir una cláusula de adscripción de medios obligando a disponer de un local a una distancia determinada del municipio no justificada. Proporcionalidad de la solvencia exigida. (d)
Desestimación de recurso contra pliegos de un contrato de transporte sanitario terrestre, calificado como gestión de servicio público en su modalidad de concierto. Competencia del Tribunal al superar los umbrales del artículo 40.1.c) del TRLCSP. Calificación adecuada del contrato como de servicios, siendo correcto el régimen jurídico del contrato definido en los pliegos al ser un servicio no prioritario y, por tanto, no sujeto a regulación armonizada.
Desestimación de recurso contra pliegos de un contrato de transporte sanitario terrestre, calificado como gestión de servicio público en su modalidad de concierto. Competencia del Tribunal al superar los umbrales del artículo 40.1.c) del TRLCSP. Calificación adecuada del contrato como de servicios, siendo correcto el régimen jurídico del contrato definido en los pliegos al ser un servicio no prioritario y, por tanto, no sujeto a regulación armonizada. (d)
Estimación de recurso contra pliegos de contrato de servicios por contener la regulación de condiciones laborales en caso de huelga y situaciones extraordinarias, extralimitándose al contenido propio de los pliegos. Posibilidad de anulación de determinadas cláusulas conservando las demás no afectadas por la resolución del recurso.