Resolución número 021/2015
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de gestión de servicio público por extemporáneo. Presentación en Correos y recepción en el Tribunal una vez superado el plazo de 15 días.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de gestión de servicio público por extemporáneo. Presentación en Correos y recepción en el Tribunal una vez superado el plazo de 15 días.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por extemporáneo. La solicitud de acceso al expediente fuera del plazo establecido para interponer recurso no tiene ninguna eficacia sobre el cómputo del plazo.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de suministros por falta de aportación de las muestras exigidas en el pliego. La falta de aportación por falta de disponibilidad de muestras declarada por la recurrente ante la Mesa no es un defecto susceptible de subsanación, sino un incumplimiento no subsanable.
Aceptación de desistimiento expreso de la recurrente en recurso contra adjudicación de contrato de servicios.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios a licitador cuya oferta está incursa en presunción de temeridad. Correcta aplicación del Pliego en la determinación de las empresas que han presentado ofertas incursas en presunción de temeridad. En el cálculo para determinar la media de las bajas deben incluirse todas las empresas admitidas a licitación.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios de formación, al estar la puntuación otorgada a la recurrente debidamente justificada y motivada en el informe técnico de valoración. La función del Tribunal es de control del cumplimiento de los trámites legales, sin que pueda sustituir el criterio técnico que corresponde al órgano de contratación.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios de formación por falta de acreditación de la solvencia de la recurrente durante el procedimiento de licitación en el periodo de subsanación concedido por la Mesa de contratación, sin que sea admisible la documentación presentada con posterioridad, aunque acredite la solvencia exigida.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por no resultar acreditada la falta de capacidad de la adjudicataria, al poder realizar la prestación de seguridad privada por medio de la subcontratación.
Inadmisión de recurso contra Orden de aceptación de la oferta de la adjudicataria al no tratarse de un acto susceptible de recurso especial. Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios de formación al no haber acreditado la adjudicataria la solvencia técnica profesional exigida mediante compromiso de adscripción de medios.
Desestimación de Reclamación contra el Acuerdo de adjudicación de un contrato sujeto a la LCSE. La notificación de adjudicación junto con la información adicional facilitada ha permitido la interposición de reclamación fundada. Oferta incursa en valores anormales o desproporcionados que no justifica adecuadamente su viabilidad. El parámetro de la justificación ha de ser las prestaciones del contrato. Informe técnico motivado sobre el rechazo de la oferta.