
Tengo una Vivienda Protegida y quiero venderla
Las VPP están sometidas a un régimen legal de protección durante un determinado número de años
¿Puedo vender mi Vivienda Protegida?
Durante el tiempo en que tu vivienda esté sometida a protección puedes venderla al precio máximo legal de venta establecido, para cada municipio de la Comunidad de Madrid, vigente en el momento de efectuarse la transmisión.
Una vez transcurrido el período de protección, podrás venderla a precio libre.
¿A qué precio máximo puedo vender mi vivienda?
Una vez que conozcas que tipo de protección tiene tu vivienda y a que normativa se acoge, puedes consultar en las siguientes tablas los precios máximos legales de venta:
VPO, VPP, VPPB y VPPL, de promoción privada
VPPB Y VPPL al amparo del Decreto 74/2009
Viviendas con protección de promoción pública
Esa información está especificada en la Cédula de calificación definitiva de tu vivienda. Si no dispones de ella puedes localizar su número en la escritura de propiedad de la vivienda, así como la fecha de calificación y, con esos datos, solicitarla a través de la siguiente dirección de correo electrónico:
¿Cuándo es necesaria la autorización de venta?
Cuando SI es necesaria la autorización de venta
Vivienda de Promoción Pública (V.P.P.)
Cuando se trate de una vivienda de este tipo y mientras dure su régimen legal de protección, esta venta no podrá efectuarse hasta que no hayan transcurrido 5 años desde que se hubiera adquirido, salvo justa causa.
Resto de viviendas
Cuando se hubiera obtenido préstamo cualificado y/o recibido ayudas para la adquisición y la venta se pretenda efectuar dentro del plazo de limitación que establezca el Plan de Vivienda que regula dichas ayudas. En este caso se deben reintegrar las ayudas recibidas incrementadas con los intereses legales producidos desde el momento de su percepción. Se deberá además cancelar o novar el préstamo cualificado/convenido.
Cuando NO es necesaria la autorización de venta
En los siguientes casos:
- Por la disolución de la sociedad de gananciales matrimonial, siempre que la vivienda sea adjudicada a uno de los cónyuges.
- Por la extinción del condominio, siempre que la vivienda sea adjudicada a uno de los comuneros.
- Cuando la transmisión se produzca por quien fuera titular de un contrato de arrendamiento con opción a compra sobre una vivienda calificada como vivienda con protección pública en régimen de arrendamiento con opción a compra y, la compraventa se produzca sobre esa vivienda en ejercicio de la opción reconocida en el contrato.
- Cuando en Viviendas de Protección Oficial o Viviendas con Protección Pública (viviendas todas ellas de promoción privada), no se hayan acogido a préstamo cualificado ni se haya obtenido ayuda por su adquisición. No obstante, deberá respetarse el precio máximo de venta para cada tipología de vivienda.
- Cuando habiendo obtenido préstamo cualificado y/o ayudas para su adquisición, haya transcurrido el plazo de limitación para la transmisión establecido en el Plan de Viviendas que regule dichas ayudas (5 años desde el cobro de la ayuda si se trata de Planes de la Comunidad de Madrid, y 10 años desde la subrogación en la hipoteca, si se trata de un Plan Estatal). Igualmente, deberá respetarse el precio máximo de venta para cada tipo de vivienda.
¿Cómo se tramita la autorización de venta?
Tramitación
En los casos en los que sea necesaria la autorización previa, habrás de solicitarla ante la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, acompañando al formulario la documentación necesaria junto al ejemplar para la Administración de la tasa, una vez abonada.
Accede a la tramitación y al abono de la tasa
¿Fue tu vivienda adjudicada por una empresa municipal?
Si se trata de una vivienda protegida adjudicada por una empresa municipal de vivienda u organismo equivalente de un Ayuntamiento, con independencia del régimen y trámites propios de la Comunidad de Madrid, habrás de dirigirte al Ayuntamiento en cuestión a fin de que te indiquen condiciones propias o específicas de venta de dicha vivienda, si es que las hubiere.
Certificado de eficiencia energética
Cita previa

Si tienes alguna duda y deseas consultar con las unidades de tramitación, debes solicitar cita
Notificaciones electrónicas
Mediante este servicio, se recibirán las notificaciones que realice la administración de la Comunidad de Madrid, por medios electrónicos