
¿Universitario busca piso de alquiler? Lea estos apuntes y no suspenda este examen
Septiembre es sinónimo de vuelta al cole, también para los universitarios. Por eso en estas fechas se deben realizar también muchos trámites de alquiler de vivienda por parte de estudiantes. En este reportaje le damos todas las claves que debe conocer si este es su caso.
Requisitos
Uno de los aspectos esenciales que se deben vigilar en el alquiler de un piso de estudiantes es que todo quede registrado en un contrato por escrito.
Este tipo de contratos deben estar redactados de forma clara y sencilla y no deben remitir a otros documentos o textos que no se faciliten en el momento de la firma.
En el contrato de alquiler debe quedar claramente reflejada la identificación de la vivienda que se está alquilando, así como los NIF de propietario e inquilinos. Hay que tener en cuenta que en los pisos de estudiantes suele haber varios inquilinos distintos. Por eso, en un único contrato que se firme con el propietario deben aparecer todas las personas que ocuparán la vivienda, así como los espacios comunes a los que se puede acceder.
Si falta por ocupar una o varias habitaciones, debe saber que, si quiere encargarse de buscar un compañero de piso, esto debe hacerse con la conformidad por escrito del casero. Si subarrienda habitaciones sin el consentimiento del casero, está incurriendo en una ilegalidad que puede ser causa de rescisión del contrato y, por tanto, pueden echarle de la vivienda.
En lo que respecta a la renta, salvo que se acuerde otra cosa, esta suele ser mensual y el pago se realizará preferentemente por medios electrónicos, aunque excepcionalmente, cuando alguna de las partes carezca de cuenta bancaria o acceso a medios electrónicos de pago, se podrá efectuar en metálico. En estos casos el arrendador está obligado a entregar al inquilino un recibo o justificante del pago de la renta.
Entre las opciones de alquiler y según el tiempo para el que necesite la vivienda, podrá optar por un alquiler de temporada o por un alquiler de mayor duración que constituya su vivienda habitual.
La diferencia es que en el alquiler de temporada es para viviendas cuyo destino primordial no sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario, es decir suelen ser contratos de menor duración y que deben estar dados de alta en el (Número de Registro de Alquiler) cuando se publicitan a través de una plataforma online.
Si el contrato de alquiler es como alquiler de temporada la vivienda no se destina a vivienda habitual y permanente del arrendatario. El alquiler se realiza para cubrir la necesidad de vivienda por un tiempo concreto. La vivienda debe estar registrada como vivienda de temporada.
Si el contrato de alquiler es para vivienda habitual, El precio de la renta se actualiza cada año en la fecha en que se cumpla la anualidad del contrato. En los contratos anteriores al 26 de mayo de 2023, la actualización se mantendrá según lo pactado en el contrato y si el contrato es posterior a esta fecha, la renta se actualiza conforme al nuevo Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV). Para calcular la subida máxima, puede utilizar la herramienta habilitada por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Recuerde que este índice aplica a los alquileres de vivienda habitual, quedando excluidos los alquileres temporales y por habitaciones.
La actualización de la renta en los contratos de temporada se realizará según lo pactado en el contrato.
Si el contrato se realiza a través de una inmobiliaria, tenga en cuenta que los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador según ha establecido la Ley 12/2023, de 24 de mayo por el derecho a la vivienda, que modificó en varios artículos a la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Fianza y duración del contrato
La fianza es obligatoria. Deberá entregarse en el momento de la firma del contrato y para arrendamientos de vivienda habitual será igual al valor del arrendamiento de un mes, aunque le pueden pedir hasta dos meses en concepto de garantía adicional.
En el caso de arrendamientos de temporada la fianza será de dos meses.
El importe de la fianza se devolverá íntegro cuando finalice el contrato. En el caso de que haya habido desperfectos en la casa, se descontarán del importe de la fianza los gastos de reparación.
En cuanto a la duración del contrato, para los arrendamientos de vivienda habitual, si no se especifica expresamente en el contrato, la duración del alquiler será de doce meses, renovándose automáticamente cada año, salvo que en el contrato figure lo contrario. Si el inquilino no quiere renovar, deberá comunicarlo como mínimo con treinta días de antelación al cumplimiento del contrato. Transcurridos los cinco (siete si el arrendador sea persona jurídica) primeros años obligatorios de contrato, si ninguna de las partes notifica a la otra, con una antelación de cuatro meses en el caso del arrendador, y dos meses en el caso del inquilino, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorroga obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres.
En el caso de vivienda con arrendamiento de temporada la duración será la establecida en el contrato, la prórroga del contrato no es obligatoria ni automática, deberá pactarse expresamente entre las partes.
El contrato se puede extinguir cuando una de las partes incumpla con sus obligaciones, en el caso del inquilino, si no paga, produce desperfectos o causa molestias al vecindario; y en el caso del arrendador si desatiende las reparaciones que esté obligado a realizar.
Si usted es estudiante y quiere alquilar un piso para compartir, siga las siguientes recomendaciones, que le serán de utilidad:
Compare precios antes de alquilar. Eso le servirá para conocer el precio medio del alquiler en la zona.
Fíjese en la ubicación del piso, sus conexiones de transporte para la universidad, si hay supermercados próximos en la zona…
Desconfíe de los precios excesivamente bajos y no adelante cantidades de dinero antes de visitar el piso y firmar el contrato.
Lea detenidamente el contrato antes de firmar. Llévelo a casa para consultar si tiene alguna duda y firme en todas sus páginas para evitar fraudes o confusiones.
Aclare antes de nada si los suministros (luz, agua, internet) están dados de alta y si vienen incluidos en el precio final del alquiler o corren por su cuenta. Igualmente haga constar en el contrato quien corre con los gastos de comunidad, Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) o basuras.
Conserve los recibos y justificantes de pago. Pueden serle de mucha utilidad en caso de reclamación.
Firme todas las condiciones por escrito y asegúrese de que quedan reflejadas por contrato.
Si comparten piso entre varios inquilinos asegúrese de que todos constan en el contrato.
Tómese su tiempo antes de firmar a la hora de verificar que todos los electrodomésticos funcionan adecuadamente. Haga fotos para certificar el estado en que recibió el inmueble.
Reclamaciones
En caso de tener algún problema con el alquiler de una vivienda, las administraciones de consumo sólo admitirán reclamaciones en las que el contrato se haya firmado entre un particular y una empresa. Si se trata de otro particular, tendrá que acudir a los tribunales de justicia.
Para solucionar conflictos relacionados con arrendamientos de viviendas en la Comunidad de Madrid, las personas consumidoras también pueden recurrir al Consejo Arbitral para el Alquiler, un órgano de carácter consultivo.
Consulte los siguientes reportajes, si quiere más información sobre alquileres de vivienda habitual, o alquileres de temporada.
Fecha de actualización: 15 de septiembre de 2025
