Arbitraje, mediación y conciliación

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El arbitraje, la mediación y la conciliación son mecanismos alternativos de resolución de conflictos por la vía judicial.

Estos tres mecanismos son denominados mecanismos ADR.

Qué son los mecanismos ADR (alternativos de resolución de conflictos)

Preguntas básicas de arbitraje

¿Qué es el arbitraje?

El arbitraje es un medio de resolución de conflictos que tiene como objetivo obtener una solución extrajudicial de una controversia entre las partes implicadas. Por medio de este proceso, se obtiene un laudo fundado en derecho y que es equivalente a una sentencia judicial firme. Con carácter ejecutivo.

¿Cómo se inicia el procedimiento de arbitraje?

La parte demandante que desea el procedimiento arbitraje presenta una solicitud ante el organismo de arbitraje que quiere que lleve a cabo dicho procedimiento.

¿Los árbitros son imparciales?

Sí, el árbitro designado para resolver el conflicto debe garantizar durante todo el procedimiento su independencia e imparcialidad. Para ello, firmará una declaración donde especifique su imparcialidad e independencia respecto de las partes.

¿Cuál es la ley que se aplicará durante el arbitraje?

Será la ley del lugar de arbitraje en todo aquello que no se encuentre regulado por las Reglas de Arbitraje, excepto que las partes haya acordado otra cosa distinta y dicho acuerdo no vulnere la ley del lugar del procedimiento.

¿Se garantiza la confidencialidad del procedimiento de arbitraje?

Sí, salvo que las partes acuerden lo contrario.

¿El laudo es recurrible?

Como norma general, el laudo dictado por el árbitro no es recurrible, siendo el mismo una decisión firme y ejecutable, produciendo efectos de cosa juzgada desde el momento en que se dicta. No obstante, las partes pueden presentar, si lo desean, una acción de anulación del laudo por motivos muy concretos y tasados en la legislación.

¿El arbitraje tiene coste?

Sí. El precio del mismo será el establecido por el árbitro que se encargue de llevar a cabo el procedimiento.

Preguntas básicas de mediación

¿Qué es la mediación?

La mediación es un procedimiento voluntario de resolución de conflictos donde las partes, motu proprio, y con la ayuda de un mediador independiente y neutral, intentan conseguir un acuerdo satisfactorio con el que dar por finalizada su controversia.

¿Cuál es la función del mediador?

El mediador no se encarga de juzgar ni emitir juicios de valor; lo que hace es establecer un clima de negociación que facilita la comunicación entre las partes del conflicto y ayuda a que se pueda producir un acuerdo entre las mismas.

¿Cómo se inicia el procedimiento?

La mediación se inicia mediante la presentación por escrito de una solicitud de mediación por alguna de las partes ante el organismo que quiera.

¿La mediación tiene coste?

Sí. Será el establecido por el servicio de mediación al que acuden la parte que lo solicita. Salvo que las partes establezcan lo contrario, serán abonados a partes iguales entre las partes intervinientes.

¿Se puede abandonar un proceso de mediación?

Dado que la mediación se basa en la voluntariedad, cualquiera de las partes intervinientes en el procedimiento pueden abandonar la mediación en cualquier momento sin perder el derecho ni la posibilidad de acudir a un procedimiento arbitral o judicial posterior.

Servicios de la Comunidad de Madrid

En la Comunidad de Madrid trabajamos para el desarrollo y promoción de los ADR, es por ello que dentro de nuestras competencias contamos con servicios propios en función de la materia objeto del conflicto. Distinguiéndose así tres órganos que actúan en materia de arbitraje y un órgano que actúa en materia de mediación:

Normativa arbitraje:

Normativa mediación:

Normativa conciliación: