1. GESTIÓN ECONÓMICA
El Servicio de Gestión Económica está situado en la planta 0 izquierda y realiza la gestión presupuestaria mediante la verificación y comprobación de las facturas presentadas por los proveedores de bienes y servicios y la contabilización y pago de las mismas.
Las facturas presentadas deben contener los datos mínimos exigidos por la normativa vigente (R.D. 1496/2003):
- Número de factura
- Fecha de su expedición
- Nombre y apellidos, razón o denominación social completa. (*)
- Número de identificación fiscal. (*)
- Domicilio fiscal. (*)
- Descripción de las operaciones, consignándose todos los datos para la determinación de la base imponible del IVA
- El tipo impositivo aplicado a las operaciones
- Número de pedido en el caso de suministros
- Número de contrato, propuesta o reparación en el caso de servicio
(*) Tanto del obligado a expedir la factura como del destinatario de las operaciones
Para agilizar la consulta de la situación de las facturas existe un acceso a través de esta página en la pestaña de proveedores, siguiendo las instrucciones que aparecen en la misma. Web Proveedores Hospital Universitario Ramón y Cajal. Una vez dentro de la aplicación de consulta, existen varias situaciones de los albaranes y de las facturas:
1. Albaranes:
- Albarán ya conciliado
- Albarán no conciliado
2. Facturas:
- Factura pendiente de conciliación
- Factura conciliada con albarán
- Factura conciliada y tramitada.
i. Sin nº de documento de pago: pendiente de ordenar el pago a la Tesorería de la CM.
ii. Con nº de documento de pago: es el número de identificación que permite la consulta en la Tesorería.
- Factura devuelta
Una vez que la factura está con número de documento de pago, se puede consultar su situación a través de la página de Consulta de Pagos Pendientes de la Comunidad de Madrid
CONTACTOS
- Fax: 91 336 90 43
- Teléfonos: 91 336 84 27/28
- E-Mail: geseco.hrc@salud.madrid.org
2. FACTURACIÓN
El área de facturación está situada en la planta -3 Centro. En esta sección se elaboran las liquidaciones de gastos por servicios y actividades de naturaleza sanitaria cuando existe un tercero obligado al pago del importe de las atenciones o prestaciones sanitarias facilitadas directamente a las personas. Se da en los siguientes casos:
- Asegurados o beneficiarios del sistema de Seguridad Social pertenecientes a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Mutualidad General Judicial o al Instituto Social de las Fuerzas Armadas, que no hayan sido adscritos, a través del procedimiento establecido, a recibir asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud.
- Asegurados o beneficiarios de empresas colaboradoras en la asistencia sanitaria del sistema de Seguridad Social, en aquellas prestaciones cuya atención corresponda a la empresa colaboradora conforme al convenio o concierto suscrito.
- Accidentes de trabajo o enfermedades profesionales a cargo de las Mutuas de Accidentes de Trabajo, del Instituto Nacional de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina.
- Seguros obligatorios:
- Seguro obligatorio de los deportistas federados y profesionales
- Seguro obligatorio de vehículos de motor
- Seguro obligatorio de viajeros
- Seguro obligatorio de caza
- Cualquier otro seguro obligatorio
5. Convenios o conciertos con otros organismos o entidades.
- Se reclamará el importe de la asistencia prestada, de acuerdo con los términos del convenio o concierto correspondiente
6. Ciudadanos extranjeros:
- Asegurados o beneficiarios en un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza, no residentes en España, en los supuestos y condiciones establecidos en los Reglamentos Comunitarios en materia de Seguridad Social.
- Asegurados o beneficiarios de otros países extranjeros, no residentes en España, en los supuestos y condiciones establecidos en los convenios bilaterales en materia de Seguridad Social suscritos por España.
7. Otros obligados al pago.
- Accidentes acaecidos con ocasión de eventos festivos, actividades recreativas y espectáculos públicos en caso de que se haya suscrito contrato de seguro de accidentes o de responsabilidad civil que cubra las contingencias derivadas de estas actividades.
- Seguro escolar.
- Cualquier otro supuesto en que, en virtud de normas legales o reglamentarias, el importe de las atenciones o prestaciones sanitarias deba ser a cargo de las entidades o terceros correspondientes.
Desde esta Sección se realiza un seguimiento de los ingresos que se producen en la cuenta restringida del Hospital y se propone al Servicio de Contabilidad el inicio de la Vía de Apremio para aquellos supuestos en que superado el periodo voluntario de pago, éste no se ha producido.
Asimismo tiene encomendado el envío de todas las solicitudes de prestación ortoprotésica o reintegro de gastos, presentadas en el propio Hospital o en alguno de sus Centros de Especialidades, al órgano correspondiente del Servicio Madrileño de Salud para su tramitación y resolución.
CONTACTOS
- Fax: 91 336 86 38
- Teléfono: 91 336 87 22
- E-Mail: cargos.hrc@salud.madrid.org