Servicios Sociales

Resolución número 267/2021

Número de Resolución: 
267/2021
Fecha: 
Viernes, 18 Junio, 2021

Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. Exclusión por baja anormal. Justificación de la baja vulnerando art. 149.4 LCSP. Fundamenta el ahorro de costes en prácticas inadecuadas desde el punto de vista técnico, jurídico y económico. Inviabilidad de la oferta justificaciones contrarias a medios personales requeridos en pliegos.

Resolución número 254/2021

Número de Resolución: 
254/2021
Fecha: 
Jueves, 10 Junio, 2021

Desestimación de recurso contra la exclusión en un contrato de servicios. La recurrente no se halla al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social en el momento de presentar su oferta, incurriendo en prohibición de contratar por apreciación automática del Órgano de Contratación, según arts. 65, 71.1.d) y 140.4 LCSP y STS 1.220/2020 de 28 de diciembre. No se aprecian en la tramitación del procedimiento de contratación defectos susceptibles de nulidad ni anulabilidad.

Resolución número 193/2021

Número de Resolución: 
193/2021
Fecha: 
Jueves, 6 Mayo, 2021

Desestimación de recurso contra exclusión de contrato de servicios. La recurrente no acredita, conforme a lo estipulado en el PCAP, la solvencia técnica exigida para contratar las prestaciones de carácter social objeto de contrato. Declaraciones responsables del propuesto adjudicatario no pueden sustituir los certificados del órgano competente. Para la determinación de los servicios de igual o similar naturaleza rige lo dispuesto en el art. 90.3 LCSP, solo en defecto de previsión en el PCAP rige los tres primeros dígitos de la CPV, como prevé el art. 90.1.a) LCSP.

Resolución número 187/2021

Número de Resolución: 
187/2021
Fecha: 
Jueves, 29 Abril, 2021

Inadmisión recurso especial contra la admisión a la licitación de una empresa y contra la propuesta de adjudicación del mismo licitador. Respecto a la admisión no se dan las circunstancias para considerar el acto de trámite como cualificado, ya que no pone fin al procedimiento ni produce indefensión. Hay otras seis empresas admitidas. Respecto a la propuesta de adjudicación es un acto no susceptible de recurso al no ser acto de trámite cualificado, al estar pendiente de la ratificación del órgano de contratación.

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