Subdirección General de Evaluación, Seguimiento y Control de la Formación
Vía Lusitana núm. 21
91 420 66 19
– Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo. -BOCM 07.09.2023
2. En materia de evaluación y seguimiento de la formación profesional en el trabajo, la Subdirección General de Evaluación, Seguimiento y Control de la Formación tiene atribuidas las siguientes competencias:
a) La elaboración de los criterios para la evaluación y seguimiento de las políticas de formación profesional en el trabajo aprobadas y sus resultados.
b) La evaluación, el seguimiento y el control de la formación profesional en el trabajo, impartida al amparo de convocatorias de ayudas y subvenciones públicas y de la no financiada con fondos públicos desarrollada por centros y entidades de iniciativa
privada destinada a la obtención de certificados profesionales.
c) La evaluación, el seguimiento y el control de la formación profesional en el trabajo que incorporen los programas gestionados por la Dirección General del Servicio Público de Empleo.
d) La autorización de la formación profesional no financiada con fondos públicos desarrollada por centros y entidades de iniciativa privada destinada a la obtención de certificados profesionales.
e) La acreditación, inscripción y el registro de las entidades colaboradoras de formación profesional en el trabajo.