Organismo Autónomo Administrativo Madrid 112
Ps. del Río, 1.
91 708 91 20
Fax: 91 708 91 99
* Ley 13/2002 de 20 de diciembre de Medidas Fiscales y Administrativas. Artículo 17. Creación del Organismo Autónomo Madrid 112.
DECRETO 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 146 de 21 de junio de 2021)
DECRETO 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 155 de 1 de julio de 2021)
Consulte la normativa relacionada.
* Miembros:
El Consejo de Administración está integrado por los siguientes vocales:
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN:
Consejero de Justicia, Interior y Víctimas
Consejería de Justicia, Interior y Víctimas
VOCALES:
Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 con rango de Viceconsejero
Agencia de Seguridad y Emergencias
Director General de Seguridad, Protección Civil y Formación
Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación
Director General de Emergencias
Dirección General de Emergencias
Secretario General Técnico
Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas
- Ilmo. Sr. D. Guillermo Hita Téllez
Presidente de la Federación de Municipios de Madrid
Viceconsejero de Asistencia Sanitaria
Servicio Madrileño de Salud
Consejería de Sanidad
- Ilma Sra Dña. María Elena Bernardo Llorente
Subdelegada del Gobierno en Madrid
Delegación del Gobierno en Madrid
- Sr. D. Francisco Javier Hernández Martínez
Coordinador Gral. Del Área de Gobierno Portavoz de
Seguridad y Emergencias
Concejalía del Área Delegada de Seguridad y Emergencias
Ayuntamiento de Madrid
Gerente O.A. Madrid 112
Ilma. Sra. Dña. Ángeles Pedraza Portero
Secretario del Consejo de Administración del O.A. Madrid 112
D. Alejandro Martínez García
Observaciones
Centro de Respaldo
El Centro Secundario de Atención de Llamadas de Urgencias 112, permitirá, en circunstancias excepcionales o existan fallos técnicos en el centro principal, actuar de respaldo y mantener las prestaciónes del servicio.