Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de pacientes o familiares de pacientes para la realización de programas de ayuda mutua y autocuidados en salud de personas con enfermedad crónica

Proyecto de reglamento
Consejería Responsable:
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras que regirán las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de pacientes o familiares de pacientes para la realización de programas de ayuda mutua y autocuidados en salud para personas con enfermedad crónica, que se desarrollen en la Comunidad de Madrid, excluyendo los programas dirigidos a enfermedades que cuenten con una línea de subvención específica de la consejería competente en materia de sanidad.

Publicación del proyecto y memoria de análisis impacto normativo

Fecha publicación proyecto-Memoria análisis impacto normativo: 
02/10/2020
Fecha de publicación de la memoria: 
02/10/2020

Trámite de audiencia e información pública

Plazo para formular alegaciones (ambos incluidos): 
De 30/11/2020 hasta 22/12/2020
Texto informativo del Trámite de Audiencia: 
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, el Gobierno, y el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete el proyecto de orden de referencia al trámite de audiencia e información pública, a fin de que se puedan presentar las alegaciones y aportaciones que se estimen pertinentes en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid. Durante el expresado trámite de audiencia e información pública, los ciudadanos, las entidades y organizaciones que así lo consideren pueden realizar sus alegaciones y aportaciones a través del formulario telemático habilitado al efecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en cuyo caso deberá indicarse como destinatario la Dirección General de Humanización y Atención al Paciente. En el apartado relativo al “Registro” deberá seleccionarse la Consejería de Sanidad. La presentación telemática será obligatoria en los casos establecidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anterior, aquellos sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas también podrán presentar alegaciones a través de los restantes medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en cuyo caso deberán dirigirse a la Dirección General de Humanización y Atención al Paciente, sita en la calle Aduana, nº 29, 28013 Madrid.
Fecha de publicación del trámite de Audiencia: 
27/11/2020

Informe Secretaría General Técnica de la consejería proponente

Fecha de Informe: 
30/12/2020

Informe Abogacía

Fecha de Informe: 
08/01/2021

Resultado de la Tramitación del Proyecto

Aprobación
Fecha de paso a histórico del proyecto normativo: 
05/03/2021