Resolución número 109/2013
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios de seguridad incluido en el Anexo IIB de la Ley 31/2007 de sectores especiales.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios de seguridad incluido en el Anexo IIB de la Ley 31/2007 de sectores especiales.
Inadmisión de recurso interpuesto contra pliegos de contrato de gestión de servicios públicos sin gastos de primer establecimiento no susceptible de recurso especial en materia de contratación.
Inadmisión de recurso interpuesto contra pliegos de contrato de gestión de servicios públicos sin gastos de primer establecimiento no susceptible de recurso especial en materia de contratación.
Inadmisión de recurso contra exclusión de contrato de servicios al tratarse de un contrato privado no susceptible de recurso especial. Contrato de servicios de una entidad sujeta a Ley 30/2007 de cuantía inferior a 400.000 euros pero superior a 200.000. Aplicación del TRLCSP. (d)
Inadmisión de recurso contra pliegos de contrato de suministros por tratarse de un contrato no sujeto a regulación armonizada por cuantía.
Inadmisión de recurso interpuesto contra pliegos de contrato de gestión de servicios públicos con gastos de establecimiento inferiores a 500.000 € no susceptible de recurso especial en materia de contratación.
Inadmisión de recurso interpuesto contra pliegos de contrato de gestión de servicios públicos con gastos de primer establecimiento inferiores a 500.000 € y duración inferior a tres años no susceptible de recurso especial en materia de contratación.
Inadmisión de recurso interpuesto contra pliegos Contrato de gestión de servicios públicos con gastos de establecimiento inferiores a 500.000 € y duración inferior a tres años no susceptible de recurso especial en materia de contratación.
Inadmisión de recurso contra resolución de adjudicación de contrato de suministro por extemporáneo. El plazo de interposición del recurso contra la adjudicación se computa desde la remisión de la notificación. El lugar de presentación del recurso ha de ser ante el órgano de contratación o ante el órgano encargado de la resolución. Recurso presentado en Correos recibido fuera de plazo. Efecto de las aclaraciones remitidas con posterioridad a la notificación defectuosa.
Inadmisión de recurso interpuesto contra pliegos al no ser un contrato susceptible de recurso al no alcanzar los umbrales establecidos.