Resolución número 242/2020
Estimatoria. Servicio de helicópteros medicalizados. La mera declaración del responsable de vuelos no es acreditativa de que los pilotos se encuentran en posesión de las habilitaciones de vuelo requeridas.
Estimatoria. Servicio de helicópteros medicalizados. La mera declaración del responsable de vuelos no es acreditativa de que los pilotos se encuentran en posesión de las habilitaciones de vuelo requeridas.
Estimación de recurso contra los pliegos de un contrato de servicios. Los costes de personal presupuestados para el contrato no se ajustan a lo dispuesto en el convenio colectivo de aplicación, al no contemplar las actualizaciones salariales en los ejercicios siguientes al corriente. Presupuestación insuficiente vulnerando lo dispuesto en los arts. 100, 101 y 102.3 de la LCSP.
Estimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de servicios de teleasistencia. Por el tipo de contrato y las prestaciones que conlleva no puede ser un solo criterio, tiene que ser pluralidad de criterios. Debe informarse también si hay subrogación de trabajadores.
Estimación de un recurso contra los pliegos de un servicio de mantenimiento de colegios, en este caso la definición de la mejora en inversiones en necesidades inmediatas al no determinar concretamente el tipo de mejoras (parece además que deben ser aprobadas posteriormente lo que podría invalidar la puntuación) y no establecer una cantidad máxima admisible, supone el establecimiento de un criterio de valoración automático que no posee la concreción requerida por la LCSP y previsiblemente distorsionará las puntuaciones de los licitadores y puede poner en riesgo la correcta ejecución del cont
Estimación de recurso contra los pliegos de condiciones de un contrato de servicios de recogida de residuos sanitarios que albergaba clausulas imposibles sobre: solvencia desproporcionada, presupuesto de licitación incorrecto, subrogación de trabajadores, obras incluidas en la ejecución pero no contempladas en el precio, falta de motivación de los sectores críticos que no pueden subcontratarse.
Estimación de un recurso contra el PPT de un contrato de suministro de fungibles. Las características técnicas de uno de los lotes son demasiado detalladas y conculcan el principio de concurrencia. El OC se allana y solicita la estimación, va a cambiar el PPT respecto del lote.
Estimación de recurso especial contra exclusión de contrato de servicios de redacción de proyecto. Exclusión automática de licitador por defecto en documento no sustancial en la oferta y no evaluable como criterio de adjudicación, sin conceder plazo de subsanación para aclarar o complementar el programa de trabajo presentado. Admisión de oferta y retroacción de actuaciones para conceder plazo de subsanación. Insuficiente claridad en la redacción del clausulado. Arts. 1 y 132 LCSP, 84 RGLCAP y 1288 CC.
Estimación de recurso contra pliegos de contrato de servicios. Criterios de adjudicación con valoración duplicada (sujeto a juicio de valor y por aplicación de fórmulas), el criterio memoria económica no atiende a la calidad del servicio conforme al art. 145.2 LCSP, sino al coste eficacia del servicio, no sujeto a juicio de valor. También supone incumplimiento en la prelación en la apertura de sobres prevista en el art. 146.2 de la LCSP, pudiendo vulnerar el secreto de la oferta, y por tanto el art. 139.2 de la LCSP. Criterio de mejora no limitado incumpliendo el art. 145.7 de la LCSP.
Estimación de recurso especial contra exclusión de contrato de servicios de redacción de proyecto. Exclusión automática de licitador por defecto en documento no sustancial en la oferta y no evaluable como criterio de adjudicación, sin conceder plazo de subsanación para aclarar o complementar el programa de trabajo presentado. Admisión de oferta y retroacción de actuaciones para conceder plazo de subsanación. Insuficiente claridad en la redacción del clausulado. Arts. 1 y 132 LCSP, 84 RGLCAP y 1288 CC.
Estimatoria. La entidad absorbente y sucesora en el procedimiento carece de la habilitación de la que disponía la absorbida.