Desestimatoria

Resolución número 180/2019

Número de Resolución: 
180/2019
Fecha: 
Miércoles, 8 Mayo, 2019

Desestimación de un recurso contra la inadmisión de una oferta que no se presentó en la plataforma. Obligatoriedad de Pliegos y exigencia de que las proposiciones de los interesados se adecuen a lo dispuesto en los mismos de acuerdo con lo establecido en el artículo 139 de la LCSP. La existencia de incidencias en la Plataforma únicamente podría considerarse motivo suficiente para admitir una proposición fuera del plazo, cuando tales incidencias hayan hecho imposible o restringido extraordinariamente la posibilidad de realizar la oferta.

Resolución número 170/2019

Número de Resolución: 
170/2019
Fecha: 
Miércoles, 8 Mayo, 2019

Desestimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de suministro de sistemas de comunicación. No existe defecto en el Pliego y la información solicitada no era relevante o no había sido correctamente planteada, para formular la oferta puesto que era la empresa licitadora la que debía proponer los emplazamientos que considerase más idóneos.  No se dan los presupuestos de aplicación del artículo 136.2 de la LCSP citado, ni existe causa de nulidad del procedimiento, por lo que el recurso debe ser desestimado.

Resolución número 161/2019

Número de Resolución: 
161/2019
Fecha: 
Viernes, 26 Abril, 2019

Desestimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de servicios  de socorrismo y actividades acuáticas. La información del PCAP sobre el personal se considera suficiente a los efectos a los que se proporciona, costes de subrogación. Para elaborar a oferta hay que tener en cuenta esos costes y lo previsto en el PPT.

Resolución número 157/2019

Número de Resolución: 
157/2019
Fecha: 
Viernes, 26 Abril, 2019

Desestimación de recurso contra la exclusión de una oferta en un contrato de suministro medico (gel homeostático). El suministro ofertado no cumple los requisitos exigidos. Corresponde al órgano de contratacion decidir el alcance de sus necesidades. Queda demostrado que no se conculca el principio de igualdad entre licitadores.

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