Resolución número 355/2023
Solvencia desproporcionada al no adaptarse a lo marcado en la norma como trabajos similares en atención a los dígitos de los CPV.
Solvencia desproporcionada al no adaptarse a lo marcado en la norma como trabajos similares en atención a los dígitos de los CPV.
Impugnación extemporánea de respuestas a consultas. Inadmisión recurso.
Estimación de recurso. Falta de acreditación de la existencia de un plan de igualdad para la empresa adjudicataria, conforme a la normativa vigente en la materia. La declaración responsable no es suficiente para acreditar este extremo. Prohibición de contratar 71.1b). Doctrina del self-cleaning.
El servicio licitado se encuentra previsto en el Anexo IV de la LCSP, por lo que debe de aplicarse el 51% de los criterios de calidad previstos por el artículo 145.4 de la LCSP, sin que quepa alegar la perfecta definición de las características técnicas del servicio a contratar.
Recurso contra adjudicación de contrato basado en Acuerdo Marco adjudicado a su vez a único empresario, interpuesto por licitador en ese lote del Acuerdo, que a su vez es adjudicatario del contrato basado anterior. No se le reconoce interés legítimo cierto pues la estimación de sus pretensiones no le convertiría en adjudicatario del contrato basado que se impugna, ni supondría la prórroga automática de su contrato basado. Se inadmite por falta de legitimación.
Anulación de los pliegos de condiciones ante la falta de concreción del objeto del contrato, en su descripción detallada de los servicios a prestar y ante el inexistente desglose del PBL y referencia al convenio colectivo aplicable.
Desestimación de recurso que plantea erróneamente la situación de oferta anormal a aquella que ha resultado adjudicataria. Incorrecta interpretación del PCAP.
Se impugna la adjudicación del contrato alegando que el informe técnico, que acepta la viabilidad de la oferta de la adjudicataria que está en baja desproporcionada, es erróneo. El error alegado no es de tal entidad para considerar la inviabilidad de la oferta. Se desestima el recurso.
Estimación de recurso fundado en la falta de acreditación de la existencia de un plan de igualdad para la empresa adjudicataria, conforme a la normativa vigente en la materia. La sola declaración responsable no es suficiente para acreditar este extremo. Prohibición de contratar 71.1b).
La recurrente realiza una serie de alegaciones para buscar ciertas similitudes entre las ofertas de dos licitadores que pertenecen al mismo grupo de empresas para demostrar que hay una actuación coordinada entre ambas, circunstancias que por un lado no acreditan nada y por otro no incumplen lo previsto en los pliegos. Se desestima el recurso.