Resolución número 028/2013
Desestimación de recurso contra exclusión de licitadora por falta de acreditación de la solvencia técnica exigida. Trámite de subsanación ajustado a derecho.
Desestimación de recurso contra exclusión de licitadora por falta de acreditación de la solvencia técnica exigida. Trámite de subsanación ajustado a derecho.
Desestimación de recurso contra exclusión de licitadora por falta de acreditación de la solvencia técnica exigida. Trámite de subsanación ajustado a derecho.
Desestimación de recurso contra exclusión de licitadora por falta de acreditación de la solvencia técnica exigida. Trámite de subsanación ajustado a derecho.
Desestimación de recurso contra Acuerdo de exclusión por falta de acreditación de solvencia en trámite de subsanación.
Inadmisión de recurso contra el Acuerdo de exclusión por extemporaneidad y contra el Acuerdo de adjudicación por cosa juzgada.
Inadmisión de recurso contra pliegos de contrato de servicios, por falta de legitimación. La actividad de la recurrente no está relacionada con el objeto del contrato.
Estimación parcial de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por falta de motivación en la apreciación de la viabilidad de oferta con valores desproporcionados o anormales. Improcedencia de pronunciamiento sobre el derecho de la recurrente a ser adjudicataria.
Desestimación de recurso contra adjudicación. Adecuada justificación de oferta con valores anormales o desproporcionados.
Desestimación de recurso interpuesto por el propio adjudicatario contra adjudicación del contrato, por estar incursa la oferta en presunción de temeridad. Procedencia de retirada de la oferta, efectos, imposibilidad de incautación de garantía definitiva.
Contrato de servicio de ayuda a domicilio de personas dependientes. Legitimación de asociaciones empresariales. Ausencia de acuerdo corporativo: inadmisión. Cuestiones analizadas en resolución anterior: efecto de cosa juzgada. Cuestiones que fueron conocidas y no recurridas: acto consentido. Cuestiones nuevas consecuencia de la modificación del Pliego: nuevo precio adecuado al mercado, tienen en cuenta los costes salariales.